Gobierno del Estado de México
 

Permiso para anuncios publicitarios.

Es un documento que expide el Ayuntamiento para poder llevar a cabo la difusión y promoción de la venta de bienes y servicios por medio de anuncios publicitarios.
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44
Adicional:
Artículo 120 y 121fracciones I, II, III, IV, V y VI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otumba
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante pretenda anunciar o promover la venta de bienes y/o servicios.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Características generales del anuncio
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Manual de Procedimientos de Reglamentos y Vía Pública; Los documentos se utilizan para abrir el expediente que se queda en resguardo de la Dirección de Reglamentos.

2. Identificación oficial vigente (INE) o RFC
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Manual de Procedimientos de Reglamentos y Vía Pública; Los documentos se utilizan para abrir el expediente que se queda en resguardo de la Dirección de Reglamentos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigido al titular de la Dirección de Reglamentos y Vía Pública (indicando que características tiene el anuncio).
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Manual de Procedimientos de Reglamentos y Vía Pública; Los documentos se utilizan para abrir el expediente que se queda en resguardo de la Dirección de Reglamentos.

El solicitante acude a la oficina de Reglamentos y vía publica a pedir informes. El personal del área le proporciona la información indicándole los documentos y costos de dicho tramite.
El ciudadano regresa a la oficina de reglamentos y vía publica con los documentos requeridos. El personal del área verifica que la documentación sea la correcta.
El personal del área le proporciona al ciudadano la orden de pago. El ciudadano pasa a realizar el pago en Tesorería, regresa al área de reglamentos y vía publica, le proporciona al personal del área una copia de la factura.
El personal del área realiza le indica al solicitante que deberá regresar en un lapso de 2 días hábiles. El personal del área realiza un expediente mismo que queda en resguardo del área, así mismo realiza el Permiso (escrito).
Dependencia u organismo:
Municipio Otumba
Dirección general:
Dirección de Reglamentos y Vía Públic
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Reglamentos y Vía Pública de Otumba
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. ADRIAN RODRIGO HERNANDEZ MATEOS
Cargo del titular:
Director de Reglamentos y Vía Pública
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55900, Otumba, México
Contacto:
Telefono1: ( 592 ) 92 2 23 44 Ext: 120
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: otumba.reglamentos.2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Hay un límite de metros que deba medir mi anuncio publicitario?
No
2. ¿Qué especificaciones tiene que tener el anuncio publicitario?
Tiene que ir de acuerdo al reglamento de imagen urbana
3. ¿En qué espacios está prohibido poner anuncios publicitarios?
Donde se obstruya la vía pública.
Fundamento legal:
Artículo 120 y 121 del Código Financiero del Estado de México y Municipios;
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se atenderán todas las solicitudes, pero la respuesta favorable únicamente se brindará cuando el solicitante cumpla con todos los requisitos solicitados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante pretenda anunciar o promover la venta de bienes y/o servicios.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
13/02/2023 10:33 am



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