Gobierno del Estado de México
 

Certificación de no Adeudo de Impuesto Predial

Es el documento mediante el cual el contribuyente acredita, que se encuentra actualizado en el pago del Impuesto Predial.
Plaza Rayón No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Costo:
$ 259 pesos.
Adicional:
Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario lo requiera para acreditar que no tiene adeudo.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido a la Tesorera Municipal.
SI
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de impuesto predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente (INE) del propietario.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido a la Tesorera Municipal.
SI
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de impuesto predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acta constitutiva.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Carta poder con identificación oficial vigente (INE) del Apoderado Legal.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido a la Tesorera Municipal.
SI
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de impuesto predial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acta constitutiva.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Carta poder con identificación oficial vigente (INE) del Apoderado Legal.
NO
1, Simple
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

1.- Presentarse de manera personal en las oficinas de la Tesorería Municipal.
2.- Solicitar informes sobre los requisitos del trámite.
3.- Entregar documentación solicitada.
4.- Regresar en dos días hábiles por la respuesta del trámite.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.C. Carmen De Jesús González
Cargo del titular:
Tesorera Municipal
Domicilio:
Plaza Rayón No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 122 99 02 Ext: 102
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: tesoreria@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
CFDI de pago y certificado de no adeudo de impuesto predial
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si el predio es ejido, me pueden tramitar el certificado?
No, solo se expide para el régimen de propiedad privada.
2. ¿Qué datos debe presentar la solicitud?
Fecha, destinatario, nombre del propietario, ubicación del predio y clave catastral.
3. ¿Puedo certificar por bimestre?
Si, en la certificación se menciona los bimestres pagados.
Fundamento legal:
Artículo 95 Fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Artículo 147 Fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Una vez que el usuario cumpla con los requisitos establecidos, se le realizará el trámite y se procederá a firmar, sellar y entregar el documento.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario lo requiera para acreditar que no tiene adeudo.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/05/2023 05:41 pm



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