Fundamento legal:
Capítulo V, artículo 16, de la Ley para la Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar en el Estado de México vigente.
Título I, Capítulo II, artículo 15, fracción II y Capítulo III artículo 21 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.
Título Cuarto, Capítulo III, artículo 38, fracciones III, IV y VII Título Quinto, Capítulo IV, artículo 79. número 4, numeral 4.4 y artículo 80. número 16, numeral 16.2 del Bando Municipal 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que la mujer se encuentre en alguna situación de violencia y/o formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.