Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Vía telefónica
Artículo 116, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México,
2. Por escrito mediante Oficialía Común de Partes; indicando, domicilio exacto y nombre de quien atenderá el servicio
SI
2, Simple
Artículo 116, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México,
3. Presencial en las oficinas de la Dirección de Servicios Públicos
Artículo 116, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México,
4. Deberá contar con Autorización de Poda por parte de la Dirección de Medio Ambiente
SI
1, Simple
Artículo 116, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México,