Gobierno del Estado de México
 

Acta de Registro Oportuno de Nacimiento

Es el registro de nacimiento de niñas y niños suscitado en el Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, mediante la expedición y entrega del Acta de Nacimiento, la cual acredita al menor como Mexicano conforme a la legislación aplicable
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante lo requiera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA(S) PERSONAS(S) QUE PRESENTA(N)
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

2. CERTIFICADO DE NACIMIENTO
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

3. ACTA DE NACIMIENTO DE LOS PADRES ( HIJAS/OS NACIDOS FUERA DEL MATRIMONIO)
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

4. PRESENTACION DE LA PERSONA A REGISTRAR
SI
1, Simple
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

5. SOLICITUD DE REGISTRO, QUE CONTENDRÁ FIRMA(S) Y HUELLA(S) DE QUIEN(ES) COMPARECE(N)
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

6. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO DE LOS PADRES. EL DOCUMENTO DEBERÁ TENER UNA CERTIFICACIÓN NO MAYOR A TREINTA DIAS NATURALES DE ANTIGUEDDA ( HIJOS /AS NACIDOS DENTRO DEL MATRIMONIO)
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México

7. 1. Solicitud de Registro, que contendrá firma(s)
y huella(s) de quien(es) comparece(n).
2. Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción-1, de la
3. Identificación oficial vigente de la{s) Ley de Nacionalidad; 89 de la Ley General de persona(s) que presenta(n). Si (1) Si (1) Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General
4. Certificado de nacimiento. de Población; 142 facción-!, del Código Financiero del
Estado de México y Municipios;2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del
5. Copia certificada del acta de matrimonio de Si (1) Si (1) Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59,
los padres. El documento deberá tener una
certificación no mayor a treinta días naturales Si (1) 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del
Si (1) Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83,
de antigüedad {hijas/os nacidos dentro de fracción V, del Reglamento Interno de la matrimonio). Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de
6. Acta de nacimiento de los padres (hijas/os Baz. Estado de México.
nacidos fuera de matrimonio
SI
1, Certificada
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142
FUNDAMENTO LEGAL: facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz,

DEBERA DE ACUDIR DIRECTAMENTE A LA OFICIALIA DE REGISTRO CIVIL, LLEVANDO AL INFANTE DENRTRO DE LOS 30 DIAS NATURALES DESPEUES DEL NACIMIENTO PARA HACER EL TYRAMITE CON LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR SU MEDICO Y ESPERAR AL REDEDOR DE 15 ,MINUTOS
SE DEBEN CUMPLIR CON ORIGINAL Y COPIA PARA DICHO TRAMITE
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Secretaria del Ayuntamiento.
Unidad administrativa responsable:
Secretaria del Ayuntamiento.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Edmundo Rafael Ranero Barrera.
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento.
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 5553663800 Ext: 3857
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De de
Resultado o documento a obtener:
Acta
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Que se necesita para hacer un registro oportuno de nacimiento?
se debe acudir a la oficialía de registro civil para hacer el tramite llevando consigo la documentación solicitada
2. cuanto tiempo lleva hacer un registro oportuno de nacimiento
el tramite en la oficialía es de 5n minutos obteniendo respuesta dentro de los 15 minutos
3. que es un registro oportuno de nacimiento
es un registro de niños y niñas solicitado en el municipio , mediante la expedición y entrega de acta de nacimiento que actredita que ya es mexicano
Fundamento legal:
Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fraccíón-l, de la Ley de
Nacionalidad; 89 de la Ley General de Población, 23 y 52 del Reglamento de la Ley General de Población; 142 facción-l, del Código Financiero del Estado de México y Municipios:2.14, 3.1, 3.2, 3.8 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y
Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Rapidez y eficacia.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante lo requiera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/12/2020 02:24 pm



Arriba