Gobierno del Estado de México
 

Procedimiento Arbitral, derivado de percances vehiculares

Cuando exista conflicto de intereses entre dos o más personas derivado de un percance vehicular, siempre que se trate de daños materiales a propiedad privada y lesiones que por su naturaleza tarden en sanar más de quince dias y no exista conciliación alguna entre las partes, el Oficial Calificador dará inicio al Procedimiento Arbitral, realizando las actuaciones correspondientes, tomando las manifestaciones de los involucrados en el percance asi como del oficial de tránsito, dando intervención de inmediato al perito, quien a su vez emitirá el Dictamen Pericial correspondiente, el cual será notificado a los involucrados requiriéndole al responsable garantice o cubra los daños; en el supuesto que las partes lleguen a un arreglo en esta etapa, se firmara un convenio en etapa de arbitraje devolviendo los vehículos a los dueños, en caso contrario que los involucrados no concilien y no lleguen a un arreglo, el Oficial Calificador en calidad de árbitro emitirá un Laudo Arbitral en el plazo de 72 horas siguientes, el cual tendrá el carácter de cosa juzgada. El conductor que sea condenado al pago de la reparación de los daños en el Laudo Arbitral, tendrá un término de 8 días para dar cumplimiento al mismo, en caso contrario el interesado tendrá que hacer valer el Laudo Arbitral ante la autoridad competente, cabe mencionar que únicamente se libera el vehiculo afectado, el vehiculo responsable queda a resguardo como garantia de pago
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
2 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A Petición del Solicitante

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. FACTURTA Y/O CARTA FACTURA
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

2. 1.-ldentificación oficial del conductor y/o
propietario del vehículo Si (1) Si (1) Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley


2.- Tarjeta de circulación Si (1)
Si (1) Si (1)
Si (1) Orgánica Municipal del Estado de México; Título IX,
Capítulo 11, Sección IV, articulo 114 y 116 fracción
VIII Subsección I articulo 118 fracción I y II del
3.- Factura y/o carta factura Reglamentario Interno de la Administración Pública
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116
FUNDAMENTO LEGAL: fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

3. IDENTIFICACION OFICIAL DEL COINDUCTOR Y/O PROPIETARIO DEL VEHICULO
SI
1, Simple
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

4. TARJETA DE CIRCULACIÓN
SI
1, Simple
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

5. INSTRUMENTO NOTARIAL
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

6. FACTURA Y/O CARTA FACTURA
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

7. TARJETA DE CIRCULACIÓN
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

8. PERSONAS JURIDICO COLECTIVAS

IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL CONDUCTOR Y/O REPRESENTANTE LEGAL
SI
1, Certificada
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.

PRESENTARSE DIRECTAMENTE EN LAS OFICINAS DE PEERCANSES VEHICULARES Y CUMPLIR CON LOS REQUISTOS ESTABLECIDOS PARA UNA MEDIACION ENTRE AMBAS PARTES Y LLEGAR A UN ACUERDO
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Secretaria del Ayuntamiento.
Unidad administrativa responsable:
Secretaria del Ayuntamiento.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Edmundo Rafael Ranero Barrera.
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento.
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 5553663800 Ext: 3857
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De de
Resultado o documento a obtener:
Convenio y/o Laudo Arbitral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
2 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Los Percances Vehiculares se consideran un delito?
No lo son. el Ministerio Público se abstendrá de ejercer acción penal siempre que se trate de daños materiales a propiedad privada, y en su caso lesiones que tarden en sanar menos de 15 días, derivado de un percance vehicular, en estos casos Oficial Calificador como autoridad administrativa conocerá de los percances vehiculares cuando exista conflicto de intereses, siempre y cuando el conductor que ocasione el percance vehicular no se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas
2. ¿Quién paga los gastos ocasionados por el servicio de grúas y de corralón?
Los gastos de servicio de arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito vehicular, corren a cuenta propia de cada uno de los conductores, a que los servicios antes mencionados son concesionados
3. Una vez emitido el laudo arbitral ¿Qué tiempo se tiene para realizar el pago de la reparación de los daños?
Un término de 8 dias hábiles.
Fundamento legal:
Articulo 150 fracción 11, inciso h, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; articulo 114 y 116 fracción VIII y 118 fracción I y 11 del Reglamentario Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México; articulos 9.42, 9.43, 9.44, 9.45, 9.46, 9.47 del Código Reglamentario Municipal de
Tlalnepantla de Baz, México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Manifestación de los conductores, daños en los vehiculos, dictamen pericial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A Petición del Solicitante
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/12/2020 04:31 pm



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