Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud que contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es) comparece(n).
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
2. Certificado médico de defunción en formato autorizado por la Secretaría de Salud, expedido por médico titulado o persona legalmente autorizada por la autoridad sanitaria.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
3. Identificación oficial vigente y comparecencia del declarante.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
4. Oficio del Ministerio Público que ordene el asentamiento del acta de defunción y en su caso, la orden de inhumación y/o cremación correspondiente, cuando el deceso se hubiera dado por causas violentas y/o sospechosas.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículo 3.30 del Código Civil del Estado de México.
5. Copia del permiso del sector salud para inhumar o cremar, durante las primeras doce horas y después de las cuarenta y ocho horas, de ocurrido el mismo.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
6. Permiso del sector salud para inhumar o cremar, durante las primeras doce horas y después de las cuarenta y ocho horas, de ocurrido el mismo.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
7. Oficio de liberación del cuerpo, expedido por la institución autorizada del sector salud, cuando haya sido donado para fines de docencia o de investigación.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
8. Copia certificada de la Carpeta de Investigación y/u oficio derivado de la misma, cuando el cadáver de persona desconocida haya sido identificado.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículo 3.30 del Código Civil del Estado de México
9. El/la Oficial solicitará la constancia expedida por el administrador del panteón, donde conste el lugar en que se inhumó o cremó el cadáver, cuando no haya sido asentada el acta dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al deceso.
SI
2, Simple
Artículos 87 fracciones de la I a la IX; 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
10. CURP del Finado(a)
SI
1, Simple
Acuerdo del Director General del Registro civil del Estado de México, mediante el cual se terminan medidas relacionadas con la CURP de fecha 28 de agosto de 2020