Gobierno del Estado de México
 

Reparación del alumbrado público municipal

Servicio que se brinda a los ciudadanos para restablecer el servicio de alumbrado público municipal, mediante la reparación de luminarias que no funcionan correctamente, para su seguridad e iluminación en calles y espacios públicos del Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Telefono1: ( 55 ) 53663800
Telefono2: ( 55 ) 53664450
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano reporta que la luminaria se encuentran apagada (fundida), que se prendan de manera intermitente o se encuentren prendidas de manera permanente durante el día.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el solicitante podrá levantar su reporte por cualquiera de las siguientes vías de comunicación:

- Telefónica al número: 55 53 66 44 50.

- Correo electrónico: atencionciudadana@tlalnepantla.gob.mx

- WhatsApp al número: 56 1418 7079.

En cualquiera que sea la opción que elija deberá proporcionar los siguientes datos:

a) Nombre completo,
b) Domicilio físico o electrónico para oír y recibir notificaciones, y
c) Ubicación del sitio en donde se requiera realizar el servicio.
Artículos 20 y 24 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.

Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V Y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.

Artículo 40 Bis inciso A fracción I del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

La o el solicitante podrá realizar su reporte ante la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión, a través de los siguientes medios:

Vía Telefónica:
Al número: 55 5366 4450

WhatsApp:
Al número: 56 1418 7079

Vía Electrónica:
Al correo: atenciónciudadana@tlalnepantla.gob.mx

Una vez presentado su reporte le asignarán un número de folio, el cual sirve para dar seguimiento a su petición.
La Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión turna el reporte a la Dirección de Servicios Públicos para su atención.
La Dirección de Servicios Públicos recibe reporte, programa, ejecuta e informa a la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión una vez que fue atendido dicho reporte.
La Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión recibe el informe de los reportes atendidos por la Dirección de Servicios Públicos y confirma con la o el solicitante si en efecto ya fue atendido el reporte.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Servicios Públicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Jorge Cervera Muñoz
Cargo del titular:
Director de Servicios Públicos
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3939 y 3940
Telefono2: ( 55 ) 53664450
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: jorge.cervera@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Atención al servicio (reporte) solicitado por el ciudadano.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En la Comunidad existe un número considerable de luminarias apagadas, las pueden atender mediante un reporte?
No, se sugiere hacer la petición mediante oficio, solicitando un mantenimiento a la red de alumbrado público en su comunidad.
2. ¿Qué debo hacer si la luminaria después de ser reparada vuelve a fallar?
Se deberá efectuar un nuevo reporte para su atención.
3. ¿Se puede sustituir una luminaria de mayor capacidad?
No, la potencia de las lámparas que se instalen no sea mayor a 100 Watts y que ahorren energía.
Fundamento legal:
Artículo 115 fracción III, incisos b y g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Norma Oficial Mexicana NOM-013-ENER-2013, Eficiencia energética para sistemas de alumbrado en vialidades.
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SEDE-2018, Instalaciones Eléctricas.
Artículo 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 125 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 20 y 24 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V Y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
Artículo 328 fracciones I, II, III, V y VI, artículo 329 fracción I, artículo 330 fracciones I, II y III, artículo 331 fracción I, artículos 332 fracciones I y VI; y artículo 333 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.
Artículo 33 fracción XI, artículo 43 fracción II y artículo 74 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se podrá otorgar el servicio cuando la luminaria está dentro de un predio o no corresponda al sistema del alumbrado público municipal.
El servicio se proporcionará sólo cuando el ciudadano realice su solicitud vía telefónica y se le otorgue su número de reporte para la justificación de los recursos materiales y humanos empleados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano reporta que la luminaria se encuentran apagada (fundida), que se prendan de manera intermitente o se encuentren prendidas de manera permanente durante el día.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/02/2024 02:18 pm



Arriba