Gobierno del Estado de México
 

Derribo de árboles previamente autorizados por la autoridad competente (Dirección de Sustentabilidad Ambiental).

Se realiza el derribo de árboles previamente autorizados por la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, mediante su derribo, retiro de troncos y ramas, así como de árboles secos en riesgo de caer sobre la vía y espacios públicos, para evitar accidentes a las personas que viven o transitan por el Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará el derribo de árboles a petición del ciudadano cuando estos fueron autorizados por la Dirección Sustentabilidad Ambiental, en apego al Dictamen emitido; no se realizan al interior de los predios particulares.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el ciudadano (a) deberá acudir a la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión al Palacio Municipal, ubicado en Plaza Dr. Gustavo Baz s/n. planta baja, Col. Tlalnepantla Centro, e ingresa:
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 40 Bis inciso A fracción I. Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

2. Escrito de petición dirigido al C. Presidente Municipal Lic. Marco Antonio Rodríguez Hurtado, solicitando el apoyo para realizar el derribo del árbol, registrando:

a) Nombre;

b) Domicilio físico o electrónico para oír o recibir notificaciones; y

c) Teléfono del solicitante.

A dicho escrito deberá anexar:
SI
1, Simple
Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V Y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 40 Bis inciso A fracción I del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

3. Autorización del derribo de árbol vigente, emitido por la Dirección de Sustentabilidad Ambiental.
NO
1, Simple
Artículo 385 fracción XXIV del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

1.- La o el ciudadano ingresa oficio de petición a la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes".
2.- Personal de la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes", recibe, sella, asigna número de folio al escrito de petición con la clave OP y entrega al ciudadano para su seguimiento.
3.- Ciudadano recibe acuse de solicitud en espera de atención.
4.- La Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes" turna la petición a la Dirección de Servicios Públicos, para su programación y atención.
5.- El Departamento de Parques y Jardines recibe solicitud y da respuesta al ciudadano, señalando que serán programados, de acuerdo a la carga de trabajo y disponibilidad de los recursos del área.
6.-El Departamento de Parques y Jardines ejecuta los trabajos de Derribo de árbol, elabora bitácora de lo realizado; el Departamento informa de los trabajos concluidos para desahogo del servicio; y de no proceder se informa del mismo modo mediante oficio.
7. La Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes" revisa en sistema el desahogo para corroborar la respuesta que el servicio fue programado para su cierre correspondiente.
8.- Los notificadores de la Coordinación de Atención y Control de Gestión "Oficialía de Partes" entrega el oficio de atención al servicio al solicitante en su domicilio.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Servicios Públicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Jorge Cervera Muñoz
Cargo del titular:
Director de Servicios Públicos
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3939 y 3940
Telefono2: ( 55 ) 53664450
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: jorge.cervera@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Sello de recepción en el acuse de su petición, asignándole no de folio: OP, por la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes" para su seguimiento y trazabilidad de la solicitud de derribo de árbol.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El árbol se encuentra dentro de mi propiedad, puedo solicitar el apoyo?
No, el derribo de árboles no se realiza en áreas privadas, deberá realizarlos el ciudadano por cuenta propia.
2. ¿Dónde deberé tramitar la autorización para el derribo de árbol?
En la Dirección de Sustentabilidad Ambiental.
3. ¿En donde se ubica la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes"?
En el acceso principal de la explanada del Palacio Municipal planta baja, lado derecho (Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión).
Fundamento legal:
Artículos 8 y 115 fracción III, inciso g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 8° fracciones I y II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Artículo 125 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V Y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-18-SeMAGEM-RS-2017, Numerales 8, 8.1, 8.2, 8.3, 8.4, 8.4.1, 8.5, 8.5.1, 8.5.2 y 12.
Artículos 328 fracciones I, II, V y X, 329 fracción II; 336 fracciones I, II, III, y V, 337 fracción II; 340 fracción I y 341 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.
Artículos 33 fracción XI, 43 fracción X y 74 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se realizan los trabajos solicitados si el árbol se encuentra al interior de predios particulares; en caso de ser así, el solicitante es quien realizará por cuenta y riesgo propio los trabajos y será responsable de los daños que pudieran ocasionarse a terceros durante la realización de dicha actividad.
No se podrá otorgar el servicio por los siguientes criterios: disponibilidad de equipo, recursos materiales y humanos, por contingencias, por carga de trabajo en temporada de lluvias, dando prioridad a los que presentan un alto riesgo; prevaleciendo el servicio a los ciudadanos que no cuenten con los recursos económicos para realizarlos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará el derribo de árboles a petición del ciudadano cuando estos fueron autorizados por la Dirección Sustentabilidad Ambiental, en apego al Dictamen emitido; no se realizan al interior de los predios particulares.
Última actualización:
19/02/2024 03:22 pm



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