Gobierno del Estado de México
 

Servicio Facultativo de recolección de residuos a particulares.

Comprende el servicio de recolección municipal contratado por particulares (pequeños generadores) de establecimientos comerciales, industriales, prestadores de servicio, tianguistas o de cualquier otra actividad que no genere residuos peligrosos. (Previo pago efectuado a la Tesorería Municipal).
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
 

Costo

Costo Unidad de Medida y Actualización (UMA).
$ 108.57
Costo en pesos $
$ 87.00
Costo Unidad de Medida y Actualización (UMA).
$ 108.57
Costo en pesos $
$ 407.13
Costo Unidad de Medida y Actualización (UMA).
$ 108.57
Costo en pesos $
$ 84.25
Adicional:
Fundamento Jurídico:
Artículos 164 y 165 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal en ventanilla de Pagos diversos.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará el Servicio de Recolección de Residuos de Manejo Especial no peligrosos a particulares (pequeños generadores) que hayan contratado el servicio y efectuado su pago correspondiente.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Conocer la cantidad y tipo de residuos del establecimiento o empresa genera por día, semana y mes; así como que días requiere se realice el servicio de recolección de residuos.
Artículo 346 fracción III del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

2. Acudir a realizar el pago en la Tesorería Municipal.
SI
1, Simple
Artículo 346 fracción III del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

3. El establecimiento comercial o prestadores de servicio se ubique dentro del territorio municipal.
Artículo 346 fracción III del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

1. Acudir a las oficinas de la Subdirección de Limpia y Recolección de Residuos ubicada en Vía Dr. Gustavo Baz no. 5000 Col. San Pedro Barrientos, Pueblo; para contratar el servicio "Facultativo de recolección de residuos a particulares" donde el personal responsable del servicio lo atenderá.
2. El representante o apoderado legal informará al personal del Departamento de Recolección de Residuos el volumen, tipo de residuos y los días que solicita la prestación del servicio; en función de ello se determina costo del mismo para generar orden de pago, y se realice su pago en la Tesorería Municipal, ubicada en Plaza Dr. Gustavo Baz s/n. Col. Tlalnepantla Centro.
3. Para su comodidad se solicita sea entregado su comprobante de pago en las oficinas de la Dirección de Servicios Públicos, ubicada en Plaza Dr. Gustavo Baz s/n. Col. Tlalnepantla Centro C.P. 54000 Municipio de Tlalnepantla de Baz, México; quien canalizará a la Subdirección de Limpia y Recolección de Residuos la copia del comprobante de pago para la programación del servicio de recolección.
4. La Subdirección de Limpia y Recolección de Residuos procede a brindar el servicio de acuerdo a los días establecidos por ambas partes; de presentar la falta del servicio, reportarlo al teléfono 55 5366 4450 de la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Servicios Públicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Jorge Cervera Muñoz
Cargo del titular:
Director de Servicios Públicos
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3939 y 3940
Telefono2: ( 55 ) 53664450
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: jorge.cervera@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Recibo oficial de pago emitido por la Tesorería Municipal así como el servicio de recolección de residuos.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué como empresa deberé realizar un pago para el retiro de los residuos?
Porque son empresas con giro comercial, y el servicio solo se presta de forma gratuita a los habitantes del Municipio, tal como lo establece el Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. ¿Cuál es el equivalente a unidades de medida actualizada vigente (UMA)?
La Unidad de Medida Actualizada vigente (UMA) $ 108.57 pesos (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.) DOF: 10/01/2024.
3. ¿Qué son los pequeños generadores?
Pequeños generadores son aquellos que realizan una actividad en la cual generan una cantidad mayor a 400 kilogramos y menor a 10 toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida.
Fundamento legal:
Artículo 7 fracción VI de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 96 fracción IX y artículo 10, fracción XI, artículos 18 y 19 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Artículo 4 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.
Artículo 125 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 164 y 165 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 4.65, artículos 4.68 al 4.70. del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-013-SMA-RS-2011, que establece las especificaciones para la separación en la fuente de origen, almacenamiento separado y entrega separada al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, para el Estado de México.
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA023-SeMAGEM-RS-2021, que establece las especificaciones para la prestación del servicio de recolección y traslado de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, para el Estado de México.
Artículo 328 fracciones I, II, IV, V, VIII y XIII, artículo 329 fracción III; artículo 344 fracciones III, V y VI, artículo 345 fracción I; artículos 346 y 347 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.
Artículo 33 fracción XI y artículo 43 fracción III del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se podrá prestar el servicio de recolección de residuos a comercios y prestadores de servicios si sus residuos son peligrosos como: aceites industriales usados, trapos contaminados, disolventes, pinturas, baterías, pilas, plásticos contaminados residuos de hospitales, otros.
El servicio se proporciona cuando el ciudadano realiza su solicitud de acuerdo a lo establecido en el apartado de requisitos.
Sólo se efectuará el servicio a:
Pequeños generadores . Son aquellos que realizan una actividad en la cual generan una cantidad mayor a 400 kilogramos y menor a 10 toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida.
Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos, artículo 5 fracciones XII, XIX Y XX, y artículo 44.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará el Servicio de Recolección de Residuos de Manejo Especial no peligrosos a particulares (pequeños generadores) que hayan contratado el servicio y efectuado su pago correspondiente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/02/2024 10:38 am



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