Gobierno del Estado de México
 

Licencia Municipal de Construcción para ampliaciones mayores de 60m2

Autorización para la ampliación de una construcción con base a las Normas de aprovechamiento del Uso de suelo y Restricciones que marque el Alineamiento dentro del territorio municipal, en su caso se generara dicha licencia acompañada por licencia de uso de suelo y constancia de alineamiento y número oficial en las cuales se especificara la norma de uso y las restricciones de construcción dentro del predio.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
 

Costo

POR METRO CUADRADO
$5.91
POR METRO CUADRADO
$12.67
POR METRO CUADRADO
$27.88
POR METRO CUADRADO
$34.64
POR METRO CUADRADO
$50.69
POR METRO CUADRADO
$61.67
POR METRO CUADRADO
$844.90
POR METRO CUADRADO
$2,957.00
POR METRO CUADRADO
$708.87
Adicional:
Se cobra mediante dos factores los metros cuadrados construidos y por el tipo de vivienda según los siguientes rubros: Social progresivo: $ 6.08 x m2 construido; Interés Social: $ 13.03 x m2 construido; Popular: $28.67 x m2 construido; Medio: $ 35.62 x m2 construido; Residencial: $52.12 x m2 construido; Residencial alta: $63.42 x m2 construido; Mercantiles, Industriales o de prestación de Servicios y comercio: $48.65 x m2 construido; $868.80 (habitacional) y $ 2,172.00 (plurifamiliar, comercio e industria) por Licencia de Uso del Suelo, $728.92 en predios que tengan un frente de hasta 15 metros, en caso de tener más metros de frente a vialidad publica se cobrara $79.89 por cada metro adicional por constancia de alineamiento y número oficial; según Artículos 143 Fracción I, II, V, 144 del Código Financiero del Estado de México y municipios vigente.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
Se cobra mediante dos factores los metros cuadrados construidos y por el tipo de vivienda según los siguientes rubros: Social progresivo: $ 6.08 x m2 construido; Interés Social: $ 13.03 x m2 construido; Popular: $28.67 x m2 construido; Medio: $ 35.62 x m2 construido; Residencial: $52.12 x m2 construido; Residencial alta: $63.42 x m2 construido; Mercantiles, Industriales o de prestación de Servicios y comercio: $48.65 x m2 construido; $868.80 (habitacional) y $ 2,172.00 (plurifamiliar, comercio e industria) por Licencia de Uso del Suelo, $728.92 en predios que tengan un frente de hasta 15 metros, en caso de tener más metros de frente a vialidad publica se cobrara $79.89 por cada metro adicional por constancia de alineamiento y número oficial; según Artículos 143 Fracción I, II, V, 144 del Código Financiero del Estado de México y municipios vigente.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s) 30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A los interesados en obtener inmuebles ubicados en el territorio municipal en su modalidad de vivienda unifamiliar, plurifamiliar y comercio, servicios o industria.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario o representante legal.
SI
NO
rtículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35 del Libro Décimo Octavo, del Código Administrativo del Estado de México, Artículos 8, 9, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.A

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

3. Si el tramite no es realizado por el propietario deberá presentar carta poder en original, con copias de identificación oficial del poderdante, apoderado, y dos testigos.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

4. Documento que acredite la propiedad o Posesión del predio debidamente inscrito en el R.P.P. o IFREM con pago impuesto predial vigente.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

5. Licencia de uso del suelo vigente
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

6. Constancia de alineamiento y número oficial.
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

7. Planos arquitectónicos del proyecto firmados por Director Responsable de Obra;
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

8. Planos arquitectónicos del proyecto en los que se indiquen los pisos, departamentos, viviendas o locales que serán áreas privativas o del dominio exclusivo de los condóminos, los elementos comunes de la construcción y las áreas de uso común del inmueble, así como tabla de indivisos, firmados por el Director Responsable de Obra y/o Corresponsable de Obra, en el caso de construcciones en régimen de propiedad en condominio;
SI
1, Simple
Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad vigente y con la que fue aprobado. Se anexa todo en un expediente al cual se le da ingreso y pasa a revisión.

9. Planos estructurales, firmados por Director Responsable de Obra y/o Corresponsable de obra
SI
2, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

10. Planos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y especiales, firmados por el Director Responsable de Obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

11. Evaluación técnica de factibilidad de agua, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales o documento que acredite la existencia y dotación de agua potable para el desarrollo que se pretende, así como incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado emitido por la Comisión del Agua del estado de México y municipios.
SI
2, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

12. Bitácora de obra con los datos de la obra y firmada por el Director Responsable de Obra
SI
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

13. Registro de Director Responsable de Obra
NO
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

14. Carta convenio emitida y firmada por el Director Responsable de obra.
SI
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

15. Copia de licencias, planos autorizados anteriores y constancia de termino de obra Artículos 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México. Los requisitos anteriores son para corroborar la existencia del proyecto anterior, para la correcta expedición del documento así como que el trámite este dentro de la normatividad
NO
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I,II,III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta Constitutiva (inscrita en el IFREM) además de los solicitados a las personas físicas.
SI
1, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A). 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35 Del Libro Décimo Octavo, del Código Administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la personalidad jurídica del Servidor Público que realiza el trámite; además de los solicitados a las personas físicas.
SI
2, Simple
Artículo 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A). 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35 Del Libro Décimo Octavo, del Código Administrativo del Estado de México. Artículos 8, 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Se recibe la solicitud debidamente requisitada y con sus documentos completos.
Se le asigna un número de folio.
Se elabora Constancia
Se le hace entrega de su Constancia.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Daniel Arreola Álvarez
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Urbano
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 3729 y 3932
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: @tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia Municipal de Construcción para Obra Nueva, y en su caso Licencia de Uso de suelo, constancia de alineamiento y número oficial
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s) 30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Cuánto tarda el trámite?
15 días hábiles una vez ingresado el trámite.
2. ¿Tiene algún costo el trámite?
Sí. Este depende del tipo de vivienda unifamiliar o plurifamiliar / comercial e industrial y los metros cuadrados de construcción.
3. ¿Cuándo tengo que anexar el Dictamen Único de Factibilidad?
Cuando la superficie del inmueble es de 3000 o más metros cuadrados o cuando la superficie del predio es más de 6000 metros cuadrados y en su caso memores a esta cuando son gaseras, gasolineras, plantas de almacenamiento, procesamiento o distribución de combustibles, helipuertos, aeródromos civiles y aeropuerto de cualquier superficie.
Fundamento legal:
Artículos 115 Fracción V inciso f) y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 122, 123 y 124 De la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 18.7., 18.3., 18.6., 18.20, 18.21 fracción I, II, III inciso A), 18.22, 18.23 párrafo 1, 18.35. Del Libro Décimo Octavo, del Código administrativo del Estado de México.
Artículos 5.1, 5.10 fracción VI, 5.55, 5.56 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 6, 8, 9, del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del estado de México.
Artículos: 1.1 fracción IV, del Libro Primero, del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 143 Fracción I, II, V, 144 del Código Financiero del Estado de México y municipios vigente.
Artículos 257 fracción XII, 259 fracción II, IV, XVI, 261 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Para obtener respuesta favorable a la solicitud requerida deberá cumplir con los requisitos solicitados en formato único de solicitud así como respetar la normatividad vigente de uso de suelo, alineamiento referido en el fundamento jurídico y contar con el visto bueno en el reporte de inspección.
No procederá el trámite en caso que falte documentación, no se respeten las normas antes mencionadas y/o existan observaciones en el reporte de inspección.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A los interesados en obtener inmuebles ubicados en el territorio municipal en su modalidad de vivienda unifamiliar, plurifamiliar y comercio, servicios o industria.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/09/2020 10:32 am



Arriba