Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Para los casos de defensa en materia civil y familiar: el solicitante del servicio deberá tener ingresos mensuales menores al monto equivalente a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y actualización vigente, esto se determina mediante el estudio socioeconómico que se les realizará.
SI
NO
Art. 4 fracción II de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México.
2. Acta de matrimonio (para los asuntos de índole familiar)
SI
2, Simple
Art. 2.100 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
3. Acta de nacimiento de los hijos.
SI
2, Simple
Art. 2.100 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
4. Identificación oficial
SI
2, Simple
Art. 2.100 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
5. Tratándose de casos de violencia familiar, alimentos y juicio sumario de usucapión no se realizará estudio socioeconómico, el único requisito es que se trate de ese tipo de casos.
Art. 4 fracción II de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México.
6. Para los casos de defensa en materia mercantil: el solicitante del servicio deberá tener ingresos mensuales menores al monto equivalente a 150 veces el valor de la Unidad de Medida y actualización vigente. No debe ser comerciante y el interés pactado debe ser superior al usual en el mercado bancario autorizado.
SI
NO
Art. 4 fracción III de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México.
7. Título de crédito denominado Pagaré
SI
2, Simple
Art. 1061 fracción V del Código de Comercio
8. Identificación Oficial vigente
SI
2, Simple
Art. 1061 fracción V del Código de Comercio
9. RFC y CURP
SI
2, Simple
Art. 1061 fracción V del Código de Comercio
10. No ser víctima u ofendido
Art. 4 fracción VII de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México.