Gobierno del Estado de México
 

LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS QUE REQUIERAN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES.

ES EL DOCUMENTO OFICIAL QUE EXPIDE EL AYUNTAMIENTO A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO PARA AUTORIZAR LA EDIFICACIÓN DE DIFERENTES TIPOS DE OBRA, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL PLAN DE DESARROLLO URBANO, Y DEMÁS NORMATIVIDADES APLICABLES; PARA LA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE ESTACIONES REPETIDORAS Y ANTENAS PARA RADIOTELECOMUNICACIONES; ANUNCIOS PUBLICITARIOS QUE REQUIERAN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES.
Calle Cerro el Coleto No. Ext. Lte. 01 No. Int. Mza. 79, Zona IV, Col. Conjunto Urbano Héroes Chalco, C.P. 56644, Chalco, México
Costo:
$ 86.88 pesos.
Adicional:
0.56 UMA MERCANTIL, INDUSTRIAL O DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ARTÍCULO 143, FRACCIÓN I, 144 FRACCIONES I, INCISOS G) DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2020 al 31/12/2020.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chalco
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
ANTES DE INICIAR CUALQUIER TIPO DE CONSTRUCCIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS QUE REQUIERAN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES O INSTALACIÓN DE ESTACIONES REPETIDORAS Y ANTENAS PARA RADIOTELECOMUNICACIONES.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD EN EL FORMATO ÚNICO DEBIDAMENTE REQUISITADO, EL CUAL PODRÁ SER OBTENIDO EN LA OFICINA DE LA DIRECCIÓN O DESCARGARLO DE ESTA CÉDULA.
SI
NO
"ESTE FUNDAMENTO APLICA PARA TODOS LOS REQUISITOS DE ESTE APARTADO"
1)ARTÍCULO 116 FRACCIÓN I, II, II, IV, V Y VI DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART 18.23 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO. 2)ARTÍCULO 18. 21.- FRACCIÓN I DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 3) ARTÍCULO 18. 21 FRACCIÓN II DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 4) ARTÍCULO 5.55 5.56 FRACCIÓN II DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 A 8) ARTÍCULO 18. 21. FRACCIÓN III, INCISO H), PÁRRAFO 1,2 Y 3, 18.22 Y 18.23 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 9) ARTÍCULO 11 FRACCIÓN II DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES 10) ARTÍCULO 18.1 Y 18.3 FRACCIÓN VII DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 11) ARTÍCULO 18.3 FRACCIÓN X DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 12) ARTÍCULO 18. 15 y 18.18 FRACCIONES I, II Y III DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 13) ARTÍCULO 8 FRACCIÓN I Y II DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO.14) ARTÍCULO 18. 21.FRACCIÓN III, INCISO A), PÁRRAFO 4 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; UTILIDAD LA LICENCIA DE USO DE SUELO PERMITE ESTABLECER LA NORMATIVIDAD CONTENIDA EN EL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO, A LA QUE SE DEBE SUJETAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN. PRECISAR DE MANERA GRÁFICA, EL ÁREA QUE SE PRETENDE CONSTRUIR, MEDIANTE PLANOS AUTORIZADOS. QUE EL INMUEBLE OBSERVE LAS RESTRICCIONES ESTABLECIDAS POR EL PLAN Y EL INMUEBLE SEA PLENAMENTE IDENTIFICADO POR SU NÚMERO OFICIAL. DESTINO LOS DOCUMENTOS GENERADOS POR LA INSTITUCIÓN SE INTEGRARÁN A UN EXPEDIENTE DE CONCENTRACIÓN PARA SU CONSULTA Y CONSERVACIÓN SEGÚN LO ESTABLECEN LAS LEYES EN LA MATERIA.

2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL PROPIETARIO Y EN CASO DE QUE EL PROPIETARIO NO REALICE EL TRÁMITE ANEXAR CARTA PODER ORIGINAL VIGENTE E IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE QUIEN LO REALICE.
NO
1, Simple


3. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE (ESCRITURA PÚBLICA, CONTRATO DE COMPRAVENTA MÁS TRASLADO DE DOMINIO, CONSTANCIA EJIDAL MÁS TRASLADO DE DOMINIO, PRE ESCRITURA Y CARTA DE LA VIVIENDA EN CASO DE INMUEBLES DE INTERÉS SOCIAL).
NO
1, Simple


4. LICENCIA DE USO DEL SUELO, CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL (VIGENTE)
NO
1, Simple


5. PLANOS Y MEMORIA DE CÁLCULO DE LA ESTRUCTURA SUSTENTANTE, FIRMADOS POR EL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA Y/O CORRESPONSABLE DE OBRA.
SI
1, Simple


6. LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OTORGADA A LA EDIFICACIÓN EXISTENTE, EN SU CASO.
NO
1, Simple


7. PLANOS O DISEÑOS QUE FOMENTEN LA INTEGRACIÓN DE LA ESTRUCTURA AL CONTEXTO.
SI
1, Simple


8. PERMISO PARA HACER USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS ESTATALES O SUS ZONAS LATERALES, O PERMISO PARA OCUPACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS FEDERALES Y ZONAS ALEDAÑAS; SEGÚN VIALIDAD EN LA QUE SE UBIQUEN.
NO
1, Simple


9. DICTAMEN DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LA CONSTRUCCIÓN EXISTENTE EN SU CASO, VERIFICANDO QUE LA MISMA CUMPLA CON LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS TÉCNICAS Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, PARA LA COLOCACIÓN DE LA ANTENA.
NO
1, Simple


10. PÓLIZA DE SEGURO, EXPEDIDA POR ASEGURADORA LEGALMENTE CONSTITUIDA, QUE GARANTICE EL PAGO DE: 1) DAÑOS A LA INFRAESTRUCTURA BÁSICA, EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO URBANO.2) RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y SUS BIENES. 3) DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE.
NO
1, Simple


11. AUTORIZACIÓN VIGENTE DEL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA, CON CARTA RESPONSIVA.
NO
1, Simple


12. CROQUIS DE LOCALIZACIÓN DEL INMUEBLE (DE GOOGLE MAPS U ORTOFOTO).
SI
NO


Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD EN EL FORMATO ÚNICO DEBIDAMENTE REQUISITADO, EL CUAL PODRÁ SER OBTENIDO EN LA OFICINA DE LA DIRECCIÓN O DESCARGARLO EN ESTA CÉDULA.
SI
NO
"ESTE FUNDAMENTO APLICA PARA TODOS LOS REQUISITOS DE ESTE APARTADO"
FUNDAMENTO 1) ARTÍCULO 116 FRACCIÓN I, II, II, IV, V Y VI DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; ART 18.23 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO. 2) ARTÍCULO 18. 21. FRACCIÓN I DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 3) ARTÍCULO 18. 21. FRACCIÓN II DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 4) ARTÍCULO 5.55 5.56 FRACCIÓN II DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 A 8) ARTÍCULO 18. 21. FRACCIÓN III, INCISO H), PÁRRAFO 1,2 Y 3, 18.22 Y 18.23 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 9) ARTÍCULO 8 FRACCIÓN 1 DEL REGLAMENTO PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE CARRETERAS ESTATALES Y ZONAS LATERALES; ARTÍCULO 5 FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO PARA EL APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS FEDERALES Y ZONAS ALEDAÑAS 10) ARTÍCULO 18.1 Y 18.3 FRACCIÓN VII DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 11) ARTÍCULO 18.3 FRACCIÓN X DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO;
12) ARTÍCULO 18. 15 Y 18.18 FRACCIONES I, II Y III DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 13 Y 14) ARTÍCULO 8 FRACCIÓN I Y II DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO. 15) ARTÍCULO 18. 21. FRACCIÓN III, INCISO A), PÁRRAFO 4 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; UTILIDAD LA LICENCIA DE USO DE SUELO PERMITE ESTABLECER LA NORMATIVIDAD CONTENIDA EN EL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO, A LA QUE SE DEBE SUJETAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN. PRECISAR DE MANERA GRÁFICA, EL ÁREA QUE SE PRETENDE CONSTRUIR, MEDIANTE PLANOS AUTORIZADOS. QUE EL INMUEBLE OBSERVE LAS RESTRICCIONES ESTABLECIDAS POR EL PLAN Y EL INMUEBLE SEA PLENAMENTE IDENTIFICADO POR SU NÚMERO OFICIAL. DESTINO LOS DOCUMENTOS GENERADOS POR LA INSTITUCIÓN SE INTEGRARÁN A UN EXPEDIENTE DE CONCENTRACIÓN PARA SU CONSULTA Y CONSERVACIÓN SEGÚN LO ESTABLECEN LAS LEYES EN LA MATERIA.

2. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE (ESCRITURA PÚBLICA, CONTRATO DE COMPRAVENTA MÁS TRASLADO DE DOMINIO, CONSTANCIA EJIDAL MÁS TRASLADO DE DOMINIO, PRE ESCRITURA Y CARTA DE LA VIVIENDA EN CASO DE INMUEBLES DE INTERÉS SOCIAL).
NO
1, Simple


3. ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL E IDENTIFICACIÓN OFICIAL, Y EN CASO DE QUE EL REPRESENTANTE LEGAL NO REALICE EL TRÁMITE ANEXAR CARTA PODER ORIGINAL VIGENTE E IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE QUIEN LO REALICE.
NO
1, Simple


4. CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO, NÚMERO OFICIAL Y LICENCIA DE USO DE SUELO. (VIGENTE)
NO
1, Simple


5. PLANOS Y MEMORIA DE CÁLCULO DE LA ESTRUCTURA SUSTENTANTE, FIRMADOS POR EL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA Y/O CORRESPONSABLE DE OBRA.
SI
1, Simple


6. LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OTORGADA A LA EDIFICACIÓN EXISTENTE, EN SU CASO.
NO
1, Simple


7. PLANOS O DISEÑOS QUE FOMENTEN LA INTEGRACIÓN DE LA ESTRUCTURA AL CONTEXTO.
SI
1, Simple


8. PERMISO PARA HACER USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS ESTATALES O SUS ZONAS LATERALES, O PERMISO PARA OCUPACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS FEDERALES Y ZONAS ALEDAÑAS; SEGÚN VIALIDAD EN LA QUE SE UBIQUEN.
NO
1, Simple


9. DICTAMEN DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LA CONSTRUCCIÓN EXISTENTE EN SU CASO, VERIFICANDO QUE LA MISMA CUMPLA CON LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS TÉCNICAS Y DEMÁS NORMATIVIDAD APLICABLE, PARA LA COLOCACIÓN DE LA ANTENA.
NO
1, Simple


10. PÓLIZA DE SEGURO, EXPEDIDA POR ASEGURADORA LEGALMENTE CONSTITUIDA, QUE GARANTICE EL PAGO DE: 1) DAÑOS A LA INFRAESTRUCTURA BÁSICA, EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO URBANO.2) RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y SUS BIENES.3) DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE.
NO
1, Simple


11. COPIA DE AUTORIZACIÓN VIGENTE DEL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA, CON CARTA RESPONSIVA.
SI
1, Simple


12. CROQUIS DE LOCALIZACIÓN DEL INMUEBLE (DE GOOGLE MAPS U ORTOFOTO).
SI
NO


Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. LA OBRA PÚBLICA, DE SER OBRAS REALIZADAS POR EL GOBIERNO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL, ESTARÁN EXENTAS DE PAGO DE
DERECHOS Y DE OBTENER LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN
SI
1, Simple
FUNDAMENTO 1) ARTÍCULO 116 FRACCIÓN I, II, II, IV, V Y VI DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; ARTÍCULO 18.15, 18.18, 18. 21 Y 18.23 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; ARTÍCULO 18.20 PÁRRAFO ULTIMO DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; ART 23 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTÍCULO 37 FRACCIÓN XXXIX INCISO A) DEL BANDO MUNICIPAL VIGENTE.

Ciudadano/a: Solicita información sobre el trámite.
Departamento de Licencias de Construcción o la Oficina Auxiliar: Proporciona información al Ciudadano/a indicando con precisión los documentos necesarios, su costo, tiempo de respuesta del trámite y entrega el Formato único de solicitud para que lo llene, lo firme y anexe los requisitos.
Ciudadano/a: Reúne la documentación, llena, firma y procede a entregar el expediente al departamento de Licencias de Construcción o a la Oficina Auxiliar.
Departamento de Licencias de Construcción: Recibe y revisa expediente para calificar y cuantificar, elabora permiso con apego a la normatividad y genera orden de pago.
Director/a: Revisa y firma la Licencia y la orden de pago, posteriormente envía expediente a la Oficina Auxiliar para que se notifique al ciudadano.
Oficina Auxiliar: Recibe expediente, notifica al ciudadano y entrega orden de pago.
Ciudadano/a: Realiza el pago de derechos correspondientes ante la Tesorería Municipal y regresa a la Oficina Auxiliar con dicho pago.
Oficina Auxiliar: Recibe y revisa el comprobante del pago de derechos lo integra al expediente y entrega al ciudadano la Licencia.
Ciudadano/a: Recibe la Licencia correspondiente en los términos establecidos. (trámite concluido)
Dependencia u organismo:
Municipio Chalco
Dirección general:
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
Unidad administrativa responsable:
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
Titular de la unidad administrativa responsable:
BERNARDO MARTÍNEZ PALMA
Cargo del titular:
DIRECTOR
Domicilio:
Calle Cerro el Coleto No. Ext. Lte. 01 No. Int. Mza. 79, Zona IV, Col. Conjunto Urbano Héroes Chalco, C.P. 56644, Chalco, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 59750986 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: N/A
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS QUE REQUIERAN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿ESTÁ PERMITIDA LA CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE CHALCO?
SOLO EN LAS ÁREAS PERMITIDAS POR EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE
CHALCO, LAS ESPECIFICADAS EN EL BANDO MUNICIPAL, PARA MAYOR INFORMACIÓN SE DEBE SOLICITAR PREVIAMENTE LA CÉDULA INFORMATIVA DE ZONIFICACIÓN, LA
CUAL CONTIENE LAS NORMAS Y CONDICIONANTES, POSTERIORMENTE LA LICENCIA
DE USO DE SUELO CUYAS NORMAS DEBEN SER CONSIDERADAS EN EL PROYECTO.
2. ESTÁ PERMITIDA LA CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE CHALCO?
SOLO EN LAS ÁREAS PERMITIDAS POR EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE
CHALCO, LAS ESPECIFICADAS EN EL BANDO MUNICIPAL, PARA MAYOR INFORMACIÓN SE DEBE SOLICITAR PREVIAMENTE LA CÉDULA INFORMATIVA DE ZONIFICACIÓN, LA
CUAL CONTIENE LAS NORMAS Y CONDICIONANTES, POSTERIORMENTE LA LICENCIA
DE USO DE SUELO CUYAS NORMAS DEBEN SER CONSIDERADAS EN EL PROYECTO.
3. ¿REQUIERO DE OTROS PERMISOS APARTE DE LA AUTORIZACIÓN DEL MUNICIPIO?
EL MUNICIPIO AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DEL ANUNCIO, Y DEPENDIENDO SI EL ANUNCIO SE INSTALARA EN VÍAS ESTATALES O FEDERALES, DEBERÁ OBTENER LOS CORRESPONDIENTES PERMISOS: VÍA ESTATAL, ANTE LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO VÍA FEDERAL: PERMISO PARA OCUPACIÓN, USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS FEDERALES Y ZONAS ALEDAÑAS; PERMISO PARA HACER USO O APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS ESTATALES O SUS ZONAS LATERALES. ANTE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT)
Fundamento legal:
ARTÍCULOS 5.10 FRACCIÓN VI DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, 18.20, 18.21 FRACCIÓN III INCISO H), 18.22 DEL LIBRO DÉCIMO OCTAVO DEL MISMO CÓDIGO, 143 Y 144 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO, 8 DEL REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO Y 37 DEL BANDO MUNICIPAL VIGENTE.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS, CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS SEÑALADAS POR LA LICENCIA DE USOS DEL SUELO Y EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
ANTES DE INICIAR CUALQUIER TIPO DE CONSTRUCCIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS QUE REQUIERAN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES O INSTALACIÓN DE ESTACIONES REPETIDORAS Y ANTENAS PARA RADIOTELECOMUNICACIONES.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
02/10/2020 01:49 pm



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