Gobierno del Estado de México
 

QUEJAS POR LA PRESUNTA VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS.

RECIBIR LAS QUEJAS DE LA POBLACIÓN, POR LA PRESUNTA VIOLACIÓN A SUS DERECHOS HUMANOS Y REMITIRLAS A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA VISITADURÍA GENERAL SEDE ECATEPEC.
Bicentenario No. Ext. No. 1 No. Int. S/n, Col. Centro, Santa María Tonanitla, C.P. 55785, Tonanitla, México
Telefono1: ( 01 ) 55 29 26 00 57
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tonanitla
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
3 mes(es)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
POR ACCIÓN U OMISIÓN DE LA AUTORIDAD O SERVIDOR PÚBLICA EL CUAL PRESUNTAMENTE VIOLE DERECHOS HUMANOS DEL CIUDADANO.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Se solicita a la Defensora o Defensor de Derechos Humanos, el querer levantar una queja por la presunta violación a sus Derechos humanos, en contra de tal Autoridad o Servidor Público.
ART. 147 K FRACCION I de la Ley Organica Municipal del Estado de México.

Cuando el Servidor Público o la Autoridad viola presuntamente Derechos Humanos del Ciudadano, este podrá solicitar se levante una queja en contra de acción u omisión de la autoridad responsable.
Se levanta la Queja con la presunta violación de Derechos Humanos, se llenará un formato que se otorga en la Defensoría Municipal de Derechos Humanos, será llenado por el ciudadano o la Defensora Municipal podrá apoyarlo al llenado.
Después de haber llenado el formato de queja la Defensoría Municipal de Derechos Humanos, la remitirá a la Visitaduría General sede Ecatepec, para su respectiva investigación.
Dependencia u organismo:
Municipio Tonanitla
Unidad administrativa responsable:
Defensoría Municipal de Derechos Humanos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Xóchitl Juárez Rodríguez
Cargo del titular:
Defensora Municipal de Derechos Humanos Tonanitla
Domicilio:
Bicentenario No. Ext. No. 1 No. Int. S/n, Col. Centro, Santa María Tonanitla, C.P. 55785, Tonanitla, México
Contacto:
Telefono1: ( 01 ) 55 29 26 00 57 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: xochitl_91juarez@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
SE ESTARÁ EN CONSTANTE COMUNICACIÓN CON EL CIUDADANO QUEJOSO Y LA VISITADURÍA ENCARGADA DE HACER LA INVESTIGACIÓN DE LOS HECHOS, EL TIEMPO DE RESPUESTA DEPENDERÁ DE AQUELLOS INFORMES QUE SOLICITE LA CODHEM A LA AUTORIDAD, AL FINALIZAR ESTA SI LOS HECHOS SON COMPROBABLES COMO VIOLATORIOS A DERECHOS HUMANOS SE DARÁ UNA RECOMENDACIÓN A LA AUTORIDAD O AL SERVIDOR PÚBLICO POR PARTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
Duración del trámite o servicio:
3 mes(es)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea de principio a fin:

1 día(s)

1. ¿Como se puede presentar una queja?
De manera física, telefónica o escrita, por medios electrónicos o a través de las casetas de vídeo llamadas de la codhem.
2. ¿Puedo levantar una queja vía telefónica?
Comunicándose al número telefónico (722) 2360560 o lada gratuita 018009994000 en donde también podrá recibir asesoría jurídica las 24 horas del día los 365 días del año.
3. ¿Puedo levantar mi queja en linea, y en que portal de Internet?
Si, en el link: htpps;//www.codhem.org.mx/Local/User/codhem.org/quejas/quejas2.asp
4. Si levanto mi queja por la presunta violación a Derechos Humanos, en la Defensoría Municipal de Derechos Humanos, ¿Obtendré algún documento que levante mi queja?
Se le dara una copia del formato de queja que se llenó, con los datos de la persona quejosa o agraviada.
Fundamento legal:
ARTICULO 147 K FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
AL FINALIZAR TODAS LA INVESTIGACIONES, SI LOS HECHOS SON COMPROBABLES COMO VIOLATORIOS A DERECHOS HUMANOS SE DARÁ UNA RECOMENDACIÓN A LA AUTORIDAD O AL SERVIDOR PÚBLICO POR PARTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
SE HACE EL LLENADO DEL FORMATO DE QUEJA Y ESE MISMO LO PODRÁ IMPRIMIR.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
POR ACCIÓN U OMISIÓN DE LA AUTORIDAD O SERVIDOR PÚBLICA EL CUAL PRESUNTAMENTE VIOLE DERECHOS HUMANOS DEL CIUDADANO.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
22/02/2021 10:19 am



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