Gobierno del Estado de México
 

CAMBIO DE PROPIETARIO DE TOMA DE AGUA

Consiste en nombrar un nuevo titular del servicio de agua proporcionado por la red municipal
Avenida Salto Del Agua No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56680, Cocotitlán, México
Costo:
$ 217.2 pesos.
Adicional:
Fundamento Jurídico Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2020 al 31/12/2020.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cocotitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiera el suministro de agua de la red municipal

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de servicio elaborada
SI
NO
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante
(Credencial para votar, licencia de conducir, pasaporte, Cédula Profesional)
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión en concepto del propietario
(Escritura pública, resolución judicial o administrativa) en el caso de solo contar con Contrato de Compra-Venta tendrá que presentar el antecedente (escritura del vendedor)
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

4. Pago predial actual
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

5. Croquis de ubicación
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

6. Certificación de clave y valor catastral
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

7. Traslado de dominio del predio
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de servicio elaborada
SI
NO
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante
(Credencial para votar, licencia de conducir, pasaporte, Cédula Profesional)
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión en concepto del propietario
(Escritura pública, resolución judicial o administrativa) en el caso de solo contar con Contrato de Compra-Venta tendrá que presentar el antecedente (escritura del vendedor)
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

4. Pago predial actual
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

5. Croquis de ubicación
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

6. Certificación de clave y valor catastral
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

7. Traslado de dominio del predio
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

(se requiere original solo para cotejar)

El usuario se presenta en la oficina de la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas para solicitar información respecto al trámite a realizar, se le proporcionan los requisitos, solicitándolos en copia simple y original para cotejo.
Una vez que el usuario presenta su documentación completa, se coteja con el original, si es correcta, se le hace entrega de una orden de pago, para que pase a la Tesorería Municipal a realizar el pago correspondiente, solicitándole copia simple del comprobante de pago.
Realizado el pago por el usuario, en la Tesorería Municipal, procede a dejar una copia simple, en la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, para integrar a su expediente
Se procede a elaborar contrato de toma de agua, por cambio de propietario, al día siguiente se hace entrega en original del contrato de toma de agua en un plazo que no exceda de dos días.
Dependencia u organismo:
Municipio Cocotitlán
Dirección general:
Dirección de Obras Públicas
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Obras Públicas
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Arq. Araceli Lucrecia Jimenez Flores
Cargo del titular:
Directora
Domicilio:
Avenida Salto Del Agua No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56680, Cocotitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5559820603 Ext:
Telefono2: ( 55 )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: obraspublicas.cocotitlan2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Cambio de propietario de toma de agua
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Para qué se hace?
Para que tenga certeza jurídica del pago de sus servicios
2. ¿Tardara mucho?
Solo confrontamos registros para verificar que no existan tomas ya en ese predio.
3. ¿Cuál es el antecedente?
La escritura, resolución judicial o administrativa
Fundamento legal:
Artículo 18.21 fracción I, II, III. Inciso F del Código Administrativo del Estado de México
Artículo 129 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 147 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se podrá otorgar el trámite por falta de algún documento
Se orienta al ciudadano como y donde conseguir el documento faltante
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiera el suministro de agua de la red municipal
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
18/08/2020 03:24 pm



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