Gobierno del Estado de México
 

CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS

Consiste en proporcionar a las áreas administrativas, Dependencias de Gobierno o a a través de oficio se solicita al Secretario del Ayuntamiento la certificación, de los documentos expedidos por el Ayuntamiento, previo cotejo de los documentos originales o copias legibles en caso de no existir original.
PLAZA JUÁREZ No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52060, Xonacatlán, México
Costo:
$ 76 pesos.
Adicional:
$76.00 (Setenta y seis pesos 00/100 M. N. ) la primera hoja y $37.50 (treinta y siete pesos 50/100 M. N.) por hoja subsecuente de acuerdo a lo establecido en el articulo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja del Ayuntamiento
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Xonacatlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría del Ayuntamiento, se podrá certificar sin ningún contratiempo el o los documentos requeridos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Oficio de petición mediante la cual se solicita al Secretario del Ayuntamiento la certificación de uno o varios documentos generados por la Administración Municipal
SI
NO
Reglamento Interno de la Secretaría del Ayuntamiento.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Oficio de petición a través del cual se solicita al Secretario del Ayuntamiento la certificación de uno o varios documentos generados por la administración municipal.
SI
NO
Reglamento Interno de la Secretaría del Ayuntamiento

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Oficio de petición a través del cual se solicita al Secretario del Ayuntamiento la certificación de uno o varios documentos generados por la administración municipal.
SI
NO
Reglamento Interno de la Secretaría del Ayuntamiento

1. Se recibe el oficio de petición fundado y motivado por parte del solicitante en el cual manifiesta los motivos por los cuales solicita la certificación de documentos.
2. Si es necesario se realiza la búsqueda en el Archivo General Municipal del o los documentos que se van a certificar.
Dependencia u organismo:
Municipio Xonacatlán
Unidad administrativa responsable:
SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO
Titular de la unidad administrativa responsable:
AZAEL PIMENTEL ALLENDE
Cargo del titular:
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
Domicilio:
PLAZA JUÁREZ No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52060, Xonacatlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 719 ) 2860852 Ext: 119
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: secretaria.ayuntamiento@xonacatlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Documentos certificados
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué documentos puede certificar el Secretario?
Cualquier documento que sea expedido por el H. Ayuntamiento
2. ¿En cuánto tiempo se entrega la certificación?
Si el documento a certificar es proporcionado por el solicitante la certificación se entrega en una hora, pero si el documento a certificar se encuentra en el Archivo General Municipal se debe realizar la búsqueda la cual no debe de exceder de cinco días hábiles tiempo en el cual se debe entregar el documento certificado.
3. ¿Qué documentos no puede certificar el Secretario?
Los documentos que no sean expedidos por el Ayuntamiento o que no formen parte de algún expediente que se encuentre en alguna unidad administrativa del Ayuntamiento.
Fundamento legal:
Artículo 91 Fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
en caso de no ser documento expedido por el Ayuntamiento se certifica como parte de un expediente que se encuentra en alguna de las unidades administrativas pertenecientes a la administración municipal.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría del Ayuntamiento, se podrá certificar sin ningún contratiempo el o los documentos requeridos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
01/03/2021 05:01 pm



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