Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de divorcio, que contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es) comparece(n).
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
2. Comparecencia personal voluntaria de ambos cónyuges.
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
3. No tener hijos/as menores de edad o mayores sujetos a tutela
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
4. Copia certificada del acta de matrimonio.
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
5. Identificaciones oficiales vigentes de los cónyuges.
SI
1, Simple
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
6. Certificado de no gravidez expedido por médico titulado, con vigencia no mayor a quince días naturales contados a partir de la fecha de su expedición en mujeres menores de 55 años.
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
7. De tener los cónyuges hijos/as mayores de edad no sujetos/as a tutela, copia certificada de las actas de nacimiento.
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
8. Resolución judicial o instrumento notarial de la liquidación de la sociedad conyugal, si se casaron bajo este régimen y adquirieron bienes
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.29 a 3.32
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.
9. Recibo de Pago
SI
NO
Código Civil del Estado de México, artículos 3.20 a 3.332.
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, artículos 87 a 89.