Gobierno del Estado de México
 

Constancia de residencia

Documento que avala la residencia dependiendo de lo que las instancias soliciten para poder realizar cualquier tipo de tramite o crédito donde soliciten acreditar una residencia mínima de 3 años o más
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
Costo:
$ 90 pesos.
Adicional:
Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2021 al 31/01/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Valle de Chalco Solidaridad
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante debe acreditar ante una dependencia gubernamental, de asistencia pública o privada el tiempo de residencia en el Municipio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de nacimiento o CURP
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

2. Comprobante de domicilio (en el caso de que el comprobante venga a nombre de otra persona, autorización del dueño o arrendatario, copia de la identificación del dueño o arrendatario)
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

3. Identificación oficial (certificado de estudios o credencial escolar, cartilla, cedula profesional o INE)
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

4. 2 fotografías tamaño infantil b/n o a color
SI
NO
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta constitutiva
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

2. Comprobante de domicilio actualizado predio y agua
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

3. Identificación oficial representante legal (cartilla, licencia de manejo, cedula profesional o INE)
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

4. RFC alta de empresa
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

5. Croquis ubicación
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

6. Poder Notarial
NO
, Simple
Artículo 91, fracción x de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Oficio de petición de la institución pública (Formato libre)
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

2. Croquis ubicación
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

3. Identificación del representante legal o director o encargado de la institución
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

4. Comprobante de domicilio actualizado predio y agua
NO
1, Simple
Artículo 91, fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

1. Solicitante: acude a la Secretaria del H. Ayuntamiento y entrega los requisitos.
2. Personal de Secretaría: Recibe requisitos y llena formato de orden de pago de constancia y entrega al ciudadano para que realice el pago en Tesorería.
3. Solicitante: Recibe orden de pago y acude a tesorería a realizar el pago.
4. Tesorería: Cobra y emite el recibo oficial por concepto de la Constancia.
5. Solicitante: Regresa a oficina, entrega copia de la orden de pago y recibo oficial.
6. Personal de Secretaría: Recibe copia de orden de pago y recibo oficial, e indica al ciudadano el tiempo de respuesta.
7. Personal de Secretaría: Elabora constancia y pasa a firma del Secretario del Ayuntamiento.
8. Secretario del Ayuntamiento: Revisa y firma la Constancia
9. Ciudadano: Regresa a oficina por su constancia
10. Personal de Secretaría: Entrega constancia original sellada con copia para firma de recibido
11. Ciudadano: Recibe original y firma de recibido en la copia de la constancia
12. Personal de Secretaría: Archiva copia de constancia firmada.
Dependencia u organismo:
Municipio Valle de Chalco Solidaridad
Dirección general:
Secretaría del H. Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del H. Ayuntamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Alan Velasco Aguero
Cargo del titular:
Secretarío del H. Ayuntamiento
Domicilio:
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 59711177 Ext: 104
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: secretaria@valledechalco.gob.mx
Horario y días de atención:
De de
Resultado o documento a obtener:
Constancia de residencia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué hago si no tengo credencial para votar?
El o la solicitante puede presentar alguna otra identificación vigente, con fotografía
2. ¿Qué hago si no tengo comprobante de domicilio vigente o a mi nombre?
El o la solicitante debe presentar un comprobante de domicilio y copia de la credencial para votar del dueño del inmueble, en la que éste deberá firmar y escribir que está de acuerdo en autorizar el uso de sus documentos antes mencionados para llevar a cabo el trámite de la constancia de residencia por parte del o la interesado(a)
3. ¿El trámite es personal o puede recurrir un tercero para realizarlo?
Es personal, sólo se harán excepciones cuando se acredite mediante un documento, que él o la interesado(a) no puede realizar el trámite de manera personal.
Fundamento legal:
Artículo 91, fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se condona al 50% a personas de la tercera edad o de escasos recursos económicos y se trata de facilitar la recepción de documentos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante debe acreditar ante una dependencia gubernamental, de asistencia pública o privada el tiempo de residencia en el Municipio.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
17/05/2021 12:35 pm



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