Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito que contenga:
a) Nombre y domicilio del permisionario y en su caso de su representante legal.
b) Datos de identificación y características de la pipa
c) Documento que acredite la propiedad de la pipa
d) Prever la probable fuente de abastecimiento
e) Señalar las zonas de distribución.
SI
1, Simple
Artículo 118, 119 y 135 fracciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Articulo 150 Quáter de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
2. Acta Constitutiva y poder notarial anexando copia de la identificación oficial del representante legal.
SI
1, Simple
Artículo 118, 119 y 135 fracciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Articulo 150 Quáter de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
3. Tarjeta de circulación del vehículo tipo pipa, expedida por la autoridad competente.
SI
1, Simple
Artículo 118, 119 y 135 fracciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Articulo 150 Quáter de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
4. Pago de derechos por el permiso de distribución.
SI
1, Simple
Artículo 118, 119 y 135 fracciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Articulo 150 Quáter de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
5. Documento que garantice el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-ECOL-1997, para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público.
SI
1, Simple
Artículo 118, 119 y 135 fracciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Articulo 150 Quáter de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.