Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Construcción para Modificación de Proyecto de una Obra Autorizada.

Consiste en expedir un documento por el cual se proporciona al contribuyente los derechos necesarios para la ejecución de los trabajos de construcción en su modificación de proyecto de una obra autorizada:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Adicional:
Artículo 144 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2022 al 31/12/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal Del Ayuntamiento.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente deseé modificar su proyecto previamente autorizado.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario y DRO (en su caso).
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

4. Licencia de uso de suelo, autorización del conjunto urbano, dictamen único de factibilidad, evaluación de impacto estatal, autorización de subdivisión, expedida por la dependencia correspondiente.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Constancia de alineamiento y número oficial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

7. Planos arquitectónicos en los que se indique los pisos, departamentos, viviendas o locales que serán áreas privativas o del dominio exclusivo de los condominios, los elementos comunes del inmueble, así como la tabla de indivisos firmados por el director responsable de obra, en el caso de construcciones en régimen de propiedad en condominio.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos estructurales firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Planos de instalaciones Hidráulicas, sanitarias, eléctricas y especiales firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

10. Bitacora de obra firmada por el director responsable de obra.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

11. Constancia de terminación de obra, en los casos de ampliación, modificación reparación de obra existente.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario y DRO (en su caso).
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Acta constitutiva de la empresa, así como poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Licencia de uso de suelo, autorización del conjunto urbano, dictamen único de factibilidad, evaluación de impacto estatal, autorización de subdivisión, expedida por la dependencia correspondiente.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Constancia de alineamiento y número oficial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

7. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos arquitectónicos en los que se indique los pisos, departamentos, viviendas o locales que serán áreas privativas o del dominio exclusivo de los condominios, los elementos comunes del inmueble, así como la tabla de indivisos firmados por el director responsable de obra, en el caso de construcciones en régimen de propiedad en condominio
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Planos estructurales firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

10. Planos de instalaciones Hidráulicas, sanitarias, eléctricas y especiales firmados por el director responsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

11. Bitácora de obra firmada por el director responsable de obra
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

12. Constancia de terminación de obra, en los casos de ampliación, modificación reparación de obra existente.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 18.3, 18.19 Fracción I, II y III, Artículo 18.21 Fracción III inciso G, Art. 18.22 del Código Administrativo del Estado de México.

1.- Asistir a las oficinas de esta Dirección con la documentación solicitada en el formato único.
2.- En el área de ventanilla se revisara el expediente en donde cumpla con toda la documentación requisitadas para poderle dar ingreso.
3.- Si cumple lo establecido se generara la orden de pago
4.- Realizar el pago correspondiente ante la tesorería municipal y regresa a la oficina auxiliar con dicho pago.
5.- Se entrega el documento al ciudadano y se dará por concluido el trámite.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. José Ramón Jarquin Rodríguez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: 2936
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de construcción para modificación de proyecto de una obra autorizada.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Existe algún tipo de descuento para pago de derechos?
Al ser un impuesto establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, deben cubrirse completos los pagos
2. ¿se puede regularizar obras terminada?
Si se expiden licencias para obras extemporáneas.
3. ¿Puedo hacer mis tramites vía internet?
No, el trámite es presencial.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 8, 14, 16 y 115.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.20 fracción VII, Art. 18.21 fracción I, II, III inciso G del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 116 fracción II y III, 118 fracción I y 135 del Código de Procedimientos Administrativo del Estado de México.
Plan Municipal de Desarrollo Urbano, gaceta de gobierno no. 121 de fecha 26 de junio del 2003.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 144.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se autoriza el proyecto presentado si este cumple las disposiciones de los libros quinto y décimo octavo del código administrativo del estado de México, el reglamento del libro quinto , las normativas del plan municipal de desarrollo urbano y demás disposiciones; de lo contrario se negara. El presentar datos inexactos o información falsa también trae como consecuencia la negación de la licencia o constancia.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.



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