Gobierno del Estado de México
 

Licencia para Construcción de Bardas

Consiste en expedir un documento por el cual se proporciona al contribuyente los derechos necesarios para la ejecución de los trabajos de construcción de bardas.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 9.75 pesos.
Adicional:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 144 fracción II inciso D.
0.094 veces el valor de la UMA vigente (Unidad de Medida y Actualización) por metro cuadrado.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal Del Ayuntamiento.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente desee construir bardas para el resguardo de sus propiedad, siempre y cuando esta sobrepase los 10 metros de longitud y 2.20 metros de alto.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario y por el DRO.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la pro piedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

4. Croquis arquitectónico, indicando las dimensiones de la misma, debidamente acotado y a escala, si la barda a construir es mayor a 2.20 metros de altura, el croquis deberá venir firmado por un director responsable de obra.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

2. Acta constitutiva de la empresa, así como poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

5. Croquis arquitectónico, indicando las dimensiones de la misma, debidamente acotado y a escala, si la barda a construir es mayor a 2.20 metros de altura, el croquis deberá venir firmado por un director responsable de obra.
SI
1,
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 9 del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 Fracción III inciso E), Artículo 18.19 Fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

1.- Asistir a las oficinas de esta Dirección con la documentación solicitada en el formato único.
2.-Ingresar la documentación requerida en las oficinas de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para su revisión.
3.- Si cumple lo establecido se generara la orden de pago.
4.- Realizar el pago correspondiente ante la tesorería municipal y regresa a la oficina auxiliar con dicho pago.
5.- Se entrega el documento al ciudadano y se dará por concluido el trámite.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. José Ramón Jarquin Rodríguez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: 2936
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de construcción para bardas.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Existe algún tipo de descuento para pago de derechos?
Al ser un impuesto establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, deben cubrirse completos los pagos
2. ¿Se puede regularizar obras terminadas?
Si se expiden licencias para obras extemporáneas.
3. ¿Puedo hacer mis tramites vía internet?
No, el trámite es presencial.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 8, 14, 16 y 115.
Artículo 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.20 fracción V, Art. 18.21 fracción I, II, III inciso E del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 116 fracción II Y III, 118 fracción I y 135 del Código de Procedimientos Administrativo del Estado de México.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, artículo 144 fracción II inciso D.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando el contribuyente desee construir bardas para el resguardo de sus propiedad, siempre y cuando esta sobrepase los 10 metros de longitud y 2.20 metros de alto.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.



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