Gobierno del Estado de México
 

Prorroga de Obra.

Consiste en proporcionar al contribuyente el documento por el cual se otorga un plazo mayor de tiempo para la ejecución de los trabajos autorizados.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Adicional:
Código Financiero del Estado de México y Municipios artículo 144 fracción I.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2022 al 31/12/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal Del Ayuntamiento.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el plazo que ampara la licencia de construcción no fue suficiente para la conclusión de los trabajos de obra

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

3. Acta constitutiva de la empresa, así como poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

4. Planoa arquitectónicos autorizados del proyecto original.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

5. Licencia de construcción vigente del proyecto autorizado
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.



Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

2. Acta constitutiva de la empresa, así como poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

4. Plano arquitectónicos autorizados del proyecto original.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

5. Licencia de construcción vigente del proyecto autorizado.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Artículo 8 Fracción II del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.


Artículo 18.28 del Código Administrativo del Estado de México

1.- Asistir a las oficinas de esta Dirección con la documentación solicitada en el formato único.
2.-Ingresar la documentación requerida en las oficinas de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para su revisión.
3.- Si cumple lo establecido se generara la orden de pago.
4.- Realizar el pago correspondiente ante la tesorería municipal y regresa a la oficina auxiliar con dicho pago.
5.- Se entrega el documento al ciudadano y se dará por concluido el trámite.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. José Ramón Jarquin Rodríguez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: 2936
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Prorroga de obra.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Existe algún tipo de descuento para pago de derechos?
Al ser un impuesto establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, deben cubrirse completos los pagos
2. ¿Se puede regularizar obras terminadas?
Si se expiden licencias para obras extemporáneas.
3. ¿Puedo hacer mis tramites vía internet?
No, el trámite es presencial.
Fundamento legal:
CConstitución política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 8, 14, 16 y 115.
Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.20 fracción VI del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.21 fracción III, inciso f) del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 116 fracción II y III, 118 fracción i y 135 del Código de Procedimientos Administrativo del Estado de México.
Código Financiero del Estado de México y Municipios artículo 144 fracción I.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se autoriza el proyecto presentado si este cumple las disposiciones de los Libros Quinto y Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México, el Reglamento del Libro Quinto, las normativas del plan Municipal de Desarrollo Urbano y demás disposiciones; de lo contrario se negará. El presentar datos inexactos o información falsa también trae como consecuencia la negación de la licencia o constancia.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.



Arriba