Gobierno del Estado de México
 

Cédula de evaluación ambiental

Conocer las prácticas de los comercios, industrias e instituciones públicas en materia ambiental, los efectos de su contaminación al medio ambiente y el uso de los recursos naturales dentro del territorio municipal de valle de Chalco Solidaridad.
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
 

Costo

Costo
76-120 UMA
Costo
51-75 UMA
Costo
3-50 UMA
Adicional:
De acuerdo a tabulación de Ecología
Fundamento jurídico: Artículo 170 Fracción VI del Bando Municipal
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Valle de Chalco Solidaridad
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Todos los comercios, industrias e instituciones públicas dentro del territorio municipal

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Comprobante de domicilio del establecimiento
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

2. R.F.C
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

3. Identificación ofical
SI
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

4. Ficha de pago, año anterior o ultimo año
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

5. Resarcimiento Ambiental (donación de árboles)
SI
NO
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Comprobante de domicilio del establecimiento
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

2. Acta constitutiva
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

3. Poder Notarial
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

4. Identificación del representante legal
SI
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

5. Ficha de pago, año anterior o ultimo año
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

6. Resarcimiento Ambiental (donación de árboles)
SI
NO
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Comprobante de domicilio de la Institución
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

2. Acreditación gubernamental
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

3. Identificación oficial
SI
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

4. Ficha de pago, año anterior o ultimo año
NO
1, Simple
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

5. Resarcimiento Ambiental (donación de árboles)
SI
NO
Artículos 2, 4, 15, 18, 38, 40 y 42 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México y municipios.

1. Presentarse en la Dirección de Ecología y Sustentabilidad con los requisitos solicitados
2. Si la documentación es correcta, se agenda fecha para la visita al domicilio del establecimiento, con el fin de obtener evidencias
3. Si las instalaciones cumplen con los lineamientos, se hará entrega de la cédula
Dependencia u organismo:
Municipio Valle de Chalco Solidaridad
Dirección general:
Ecología y Sustentabilidad
Unidad administrativa responsable:
Ecología y Sustentabilidad
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Armando Reyes Regalado
Cargo del titular:
Director de Ecología y Sustentabilidad
Domicilio:
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 59711177 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ecologia.sustentabilidad@valledechalco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Cédula de evaluación ambiental
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Para quién es obligatorio el trámite?
Se considera solo aquellos comercios, industrias e instituciones públicas de gran impacto en el municipio.
2. ¿De qué depende el costo?
El costo de la cedula de evaluación ambiental depende del rango que corresponda en tabulación.
3. ¿Las Instituciones Educativas Publicas y Privadas deben realizar el trámite?
Las instituciones públicas no, sin embargo las instituciones privadas si debe realizar el trámite.
Fundamento legal:
Articulos169;170 fracciones I y VI del Bando Municipal vigente
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Si no cumple con el total de requisitos, el trámite no procede.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Todos los comercios, industrias e instituciones públicas dentro del territorio municipal
Última actualización:
11/03/2023 02:04 pm



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