Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de baja de cuenta del servicio por duplicidad o fusión de predio o lotes.

El trámite se realizará cuando el usuario solicite una baja de cuenta del servicio por duplicidad o cuando realice una fusión del predio o lotes, manifestando y justificando el motivo.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las y los usuarios manifiesten duplicidad o fusión de predio o lotes.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito a través del formato único de movimiento de baja de cuenta del Servicio.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Identificación oficial del Contribuyente y en su caso, carta poder simple dirigida al Organismo, con identificaciones del apoderado y dos testigos (en caso de no ser el titular quien tramite.)
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios. En su caso documento de fusión de predio o lotes.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Recibo de Pago de los Derechos de Suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado al corriente de la cuenta reconocida.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Verificación y/o inspección de los Servicios contratados en inmueble

Nota. En caso de contar físicamente con dos o más servicios el Organismo se reserva el derecho de llevar a cabo la cancelación de los mismos.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito a través del formato único de movimiento de baja de cuenta del Servicio.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Acta Constitutiva.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Poder Notarial anexando la identificación del Representante legal.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios. En su caso documento de fusión de predio o lotes.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Recibo de Pago de los Derechos de Suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado al corriente de la cuenta reconocida.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Verificación y/o inspección de los Servicios contratados en inmueble

Nota. En caso de contar físicamente con dos o más servicios el Organismo se reserva el derecho de llevar a cabo la cancelación de los mismos.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito a través del formato único de movimiento de baja de cuenta del Servicio.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Documento de Creación o decreto.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Nombramiento del cargo anexando copia identificación oficial.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios. En su caso documento de fusión de predio o lotes.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Recibo de Pago de los Derechos de Suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado al corriente de la cuenta reconocida.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Verificación y/o inspección de los Servicios contratados en inmueble

Nota. En caso de contar físicamente con dos o más servicios el Organismo se reserva el derecho de llevar a cabo la cancelación de los mismos.
SI
1, Simple
Artículos 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 60, 61,81, 82, 92, 93, 106, 112, 116, 118, 136 y 140 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Presentarse ante las oficinas centrales del Organismo (Avenida Isidro Fabela No. 72a, Barrio Nativitas Municipio de Tultitlan Edo. Méx.) con sus requisitos completos.
Indicar en ventanilla de este Organismo el trámite o servicio que desea realizar.
En su caso ingresara la solicitud del trámite o servicio que requiera o se le remitirá al área responsable quien le recabara sus requisitos y le proporcionara la información adecuada a sus necesidades.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Eloy espinosa Montoya
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558883333 Ext: 119
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: apast@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de trámite referente a la solicitud para baja definitiva de la cuenta del servicio.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Es necesario tener cubierto el Pago de los servicios de la cuenta duplicada que se pretende dar de baja?
No, únicamente que se acredite el Pago por los servicios del inmueble relacionado.
2. ¿Por qué debo presentar mis pagos de derechos de conexiones de agua y drenaje?
Para acreditar que cuenta con pagos relacionados a la contratación del servicio actual.
3. ¿Puedo realizar la baja definitiva de la toma principal o cuenta madre?
No, la baja definitiva sólo se efectuará en derivaciones.
Fundamento legal:
Artículos 78 fracción IV, del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios. Artículo 56, Fracción III del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que se cumplan con los requisitos
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las y los usuarios manifiesten duplicidad o fusión de predio o lotes.
Última actualización:
13/12/2022 03:47 pm



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