Gobierno del Estado de México
 

Venta de carga de agua potable a permisionarios de camión cisterna.

Consiste en la venta de agua potable en pipa de 10,000 litros dentro de los límites territoriales municipales a propietarios de camión cisterna, que se encuentren registrados en la red de distribuidores del Organismo.
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Costo:
$ 495.07 pesos.
Adicional:
Que equivale a 4.56 número de veces el valor de la UMA con un valor de 108.57 pesos. Más IVA en caso de requerir factura.

Artículo 150 Nonies de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro ubicada en el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco.

Aplicación de banca móvil, practicaja, ventanilla del banco BBVA.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de distribuidores en pipas inscritos en el padrón de permisionarios autorizados para la venta de agua potable conforme a la normatividad aplicable.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de forma verbal o escrita de carga de agua potable.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios

2. Tener el permiso de distribución que otorgue la Comisión del Agua.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios

3. Identificación oficial vigente
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley Del Agua Para el Estado de México Y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitar de forma verbal o escrita la orden de pago por la cantidad correspondiente al número de viajes solicitados.
SI
1, Simple
Articulo 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Solicitud de forma verbal o escrita de carga de agua potable.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley Del Agua Para el Estado de México Y Municipios

3. Identificación oficial vigente
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley Del Agua Para el Estado de México Y Municipios

1. El ciudadano o la ciudadana solicita la carga de agua en pipa por así convenir a sus intereses.
2. El ciudadano o la ciudadana realiza el pago en la Caja del Organismo y entrega comprobante.
3. La secretaria o el secretario recibe copia simple de recibo oficial de pago.
4. La secretaria o el secretario da aviso al Encargado o Encargada de la fuente de abastecimiento donde se realiza la carga de agua potable
5. El ciudadano o la ciudadana realiza la carga de agua potable.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Titular de la unidad administrativa responsable:
M.A.P. Ulises Mercado Pérez
Cargo del titular:
Director General del O.D.A.P.A.S.A
Domicilio:
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 12-2-20-97 Ext: 1000
Telefono2: ( ) 12-2-03-00
Telefono3: ( ) 12-2-39-06
Fax: s/n
Correo electrónico: odapasa@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No aplica
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se me puede vender solo media pipa?
No. El costo está determinado y el costo establece los metros cúbicos para los permisionarios.
2. ¿El vale pagado es reembolsable?
Sí, siempre y cuando sea el mismo día.
3. ¿Cualquier usuario puede comprar vales para carga de agua potable?
No. Sólo si es usuario con registro autorizado.
Fundamento legal:
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El permiso de distribución deberá estar vigente al momento de solicitar la venta de carga de agua potable.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de distribuidores en pipas inscritos en el padrón de permisionarios autorizados para la venta de agua potable conforme a la normatividad aplicable.
Última actualización:
09/04/2024 02:00 pm



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