Gobierno del Estado de México
 

Venta de carga de agua tratada a permisionarios en camión cisterna

Se realiza la venta de carga de agua residual resultante de haber sido sometida a los procesos de tratamiento por la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atlacomulco, en términos de la normatividad oficial mexicana a personas con el permiso correspondiente.
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Costo:
$ 358.28 pesos.
Adicional:
Que equivale a 3.3 número de veces el valor de la UMA con un valor de 108.57 pesos. Más IVA en caso de requerir factura.
Artículo 150 Nonius de la Ley del agua para el Estado de México y Municipios.

De conformidad a lo establecido en el punto 5.4 de la Séptima Sesión Ordinaria de Consejo Directivo del ODAPAS Atlacomulco, de fecha 08 de febrero de 2023, mediante acuerdo CD/ODAPAS/042/2023, en donde se autorizó el costo por el cobro carga de pipas de agua tratada a particulares.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro ubicada en el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco.

Aplicación de banca móvil, practicaja, ventanilla del banco BBVA.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del solicitante, siempre y cuando reúna los requisitos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitar de forma verbal o escrita la orden de pago por la cantidad correspondiente al número de viajes solicitados.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios.

2. Tener el permiso de distribución que otorgue la Comisión del Agua.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios.

3. Identificación oficial vigente
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley Del Agua Para el Estado de México Y Municipios

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Solicitar de forma verbal o escrita la orden de pago por la cantidad correspondiente al número de viajes solicitados.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios.

2. Tener el permiso de distribución que otorgue la Comisión del Agua.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley Del Agua Para el Estado de México Y Municipios.

3. Identificación oficial vigente
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México Y Municipios.

1. El ciudadano o la ciudadana solicita la carga de agua en pipa por así convenir a sus intereses.
2. El ciudadano o la ciudadana realiza el pago en la Caja del Organismo y entrega comprobante.
3. La secretaria o el secretario recibe copia simple de recibo oficial de pago.
4. La secretaria o el secretario da aviso al Encargado o Encargada de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales para la realización de la carga de agua tratada.
5. El ciudadano o la ciudadana realiza la carga de agua tratada.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Titular de la unidad administrativa responsable:
M.A.P. Ulises Mercado Pérez
Cargo del titular:
Director General del O.D.A.P.A.S.A
Domicilio:
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 12-2-20-97 Ext: 1000
Telefono2: ( ) 12-2-03-00
Telefono3: ( ) 12-2-39-06
Fax: s/n
Correo electrónico: odapasa@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No aplica
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si no cuento con recursos económicos suficientes se me puede donar una carga de agua tratada?
No. Solo a comunidades en donde exista un convenio, basada en la tarifa de derechos vigentes para el ejercicio fiscal vigente.
2. ¿Puedo hacer la carga en una pipa para agua tratada?
No. La pipa debe ser de uso exclusivo para agua residual tratada.
3. ¿Puedo realizar la carga de agua tratada en cualquier horario?
No. Los horarios señalados y son los mismos tanto para hacer el pago, como para realizar la carga de líquido.
Fundamento legal:
Artículo 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, 135 fracción II, del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 78 fracción V del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El permiso de distribución deberá estar vigente al momento de solicitar la venta de carga de agua tratada.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del solicitante, siempre y cuando reúna los requisitos.
Última actualización:
09/04/2024 12:55 pm



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