Gobierno del Estado de México
 

Suspensión Temporal de Licencia de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto.

Las personas físicas o jurídica colectiva al dejar de ejercer sus actividades comerciales o de prestación de servicios temporalmente y que pretendan reiniciar operaciones en la posteridad, deberán hacer del conocimiento al Ayuntamiento y no acumular adeudo ante la Tesorería Municipal.
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Telefono1: ( 712 ) 1225901
Fax: s/n
Costo:
$ 108.57 pesos.
Adicional:
El costo lo determina la Tesorería Municipal de acuerdo al giro, metros cuadrados y ubicación. Esto en referente al valor de la UMA, $108.57 (ciento ocho pesos 57/100 M.N).

Artículo 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja de la Tesorería Municipal, ubicada en la Dirección de Desarrollo Económico.
Cajas de la Tesorería Municipal, ubicadas en Palacio Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el establecimiento comercial haya dejado de ejercer la actividad comercial o industrial temporalmente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Licencia de funcionamiento anterior.
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Suspensión Temporal de Licencia de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto." página 31.

2. Carta poder simple e identificación oficial del apoderado legal o de la persona que realiza el trámite (en caso de no acudir el titular o representante legal).
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Suspensión Temporal de Licencia de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto." página 31.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Licencia de funcionamiento anterior.
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Suspensión Temporal de Licencia de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto." página 31.

2. Carta poder simple e identificación oficial del apoderado legal o de la persona que realiza el trámite (en caso de no acudir el titular o representante legal).
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Suspensión Temporal de Licencia de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto." página 31.

1.- La o el Usuario acude a la ventanilla a suspender temporalmente la Licencia de su establecimiento.
2.- La o el Auxiliar Administrativo recibe licencia de funcionamiento anterior.
3.-La o el Auxiliar Administrativo se le menciona que en un lapso de 3 días nos comunicaremos vía telefónica para que acuda al departamento.
4.- La o el Auxiliar Administrativo elabora la suspensión temporal de la Licencia de funcionamiento.
5.- La o el Jefe del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones revisa que la licencia esta correcta y la turna a la Dirección de Desarrollo Económico para firma y sello.
6.- La o el Director de Desarrollo Económico recibe Licencia de suspensión temporal, sella y firma. La remite al Departamento.
7.- La o el Jefe del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones envía la Licencia a la Secretaría del Ayuntamiento para firma y sello.
8.- La o el Secretario del Ayuntamiento recibe Licencia de suspensión temporal, sella y firma. La remite a la Dirección de Desarrollo Económico.
9.- La o el Auxiliar Administrativo recibe Licencia de suspensión firmada por la Directora o Director y la Secretaria o Secretario.
10.- La o el Auxiliar Administrativo fotocopia por duplicado la Licencia de suspensión temporal.
11.- La o el Auxiliar Administrativo comunica vía telefónica a la usuaria o usuario que ya está lista su Licencia de suspensión temporal.
12.- La o el Usuario o Usuaria acude a la ventanilla por su Licencia de funcionamiento.
13.- La o el Usuario o Usuaria firma acuse de recibido con fecha y nombre del usuario.
14.- La o el Auxiliar Administrativo entrega la Licencia de suspensión temporal a la Usuaria o Usuario.
15.- La o el Auxiliar Administrativo captura información en la base de datos y digitaliza licencia de suspensión temporal.
16.- La o el Auxiliar Administrativo archiva licencia.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones
Titular de la unidad administrativa responsable:
P.D. Anahí Espinoza Fernández
Cargo del titular:
Jefa del Despacho del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones.
Domicilio:
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1225901 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: licencias@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de funcionamiento que indica la suspensión temporal.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Tengo que pagar impuestos por el tiempo en que dejaré de ejercer mis actividades?
No, ya que al momento de hacer del conocimiento de la Tesorería Municipal el trámite, se suspende también la obligación Fiscal, siempre y cuando no se tengan adeudos.
2. ¿Tengo algún límite de tiempo para reactivar la Licencia?
No, puede solicitar el reinicio de actividades en el tiempo que Usted determine.
3. ¿Pierdo mis derechos sobre la Licencia si dejo de usarla en determinado tiempo?
No, la suspensión subsiste todo el tiempo hasta en tanto no se reactive sus actividades mercantiles.
Fundamento legal:
Artículo 25 fracción V de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Previa emisión de la licencia de Suspensión, la Dirección de Desarrollo Económico a través del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones ejecuta una visita de inspección en el inmueble en donde estaba ubicado el establecimiento para verificar que haya dejado de ejercer actividades comerciales o de servicio. La licencia de suspensión de actividades subsistirá en todo momento hasta que la persona física o jurídico colectivas decida reanudar o reiniciar las actividades comerciales, industriales o de prestación de servicios.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el establecimiento comercial haya dejado de ejercer la actividad comercial o industrial temporalmente.
Última actualización:
24/04/2024 12:55 pm



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