Gobierno del Estado de México
 

Baja de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto.

Las personas físicas o jurídicas colectivas al dejar de ejercer sus actividades comerciales o de prestación de servicios en forma definitiva, deberán hacer del conocimiento al Ayuntamiento para eliminarla de los padrones administrativo y fiscal.
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Telefono1: ( 712 ) 1225901
Fax: s/n
Costo:
$ 108.57 pesos.
Adicional:
El costo lo determina la Tesorería Municipal de acuerdo al giro, metros cuadrados y ubicación. Esto en referente al valor de la UMA, $108.57 (ciento ocho pesos 57/100 M.N).
Artículo 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja de la Tesorería Municipal, ubicada en la Dirección de Desarrollo Económico.
Cajas de la Tesorería Municipal, ubicadas en Palacio Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el establecimiento comercial haya dejado de ejercer la actividad comercial de manera definitiva.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Licencia anterior.
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Baja de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto" página 37.

2. Carta poder simple e identificación oficial de la persona que realiza el trámite, en caso de no acudir el titular o representante legal.
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Baja de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto" página 37.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Licencia anterior.
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Baja de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto" página 37.

2. Carta poder simple e identificación oficial de la persona que realiza el trámite, en caso de no acudir el titular o representante legal.
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimiento "Baja de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de Servicio de Mediano y Alto Impacto" página 37.

1.- La o el Usuario acude a la ventanilla a dar de baja su establecimiento con licencia anterior, mencionando la fecha exacta en que dejo de ejercer actividades.
2.- La o el Auxiliar Administrativo recibe licencia anterior y le manifiesta el lapso de tiempo del trámite.
3.- La o el Jefe del Departamento Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones revisa la licencia que la o el usuario ingreso e inspecciona físicamente el inmueble en donde estaba el establecimiento para comprobar su inoperatividad.
4.- La o el Auxiliar Administrativo elabora licencia de baja del establecimiento.
5.-La o el Jefe del Departamento Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones revisa baja de licencia y la turna a la Dirección para firma del titular.
6.-La o el Director de Desarrollo Económico recibe baja de licencia del establecimiento, valida, sella y firma. La remite al Departamento.
7.-La o el Jefe del Departamento Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones envía la baja del establecimiento a la Secretaria del Ayuntamiento.
8.- La o el Secretario del Ayuntamiento valida, firma, sella la licencia de baja del establecimiento y lo envía a la Dirección de Desarrollo Económico.
9.- La o el Auxiliar Administrativo recibe licencia de baja del establecimiento firmado por la o el Director y Secretaría del Ayuntamiento.
10.- La o el Auxiliar Administrativo fotocopia licencia de baja del establecimiento comercial.
11.- La o el Auxiliar Administrativo comunica vía telefónica a la usuaria o usuario que ya está listo su licencia de baja del establecimiento.
12.- La o el Usuario o Usuaria acude al Departamento por la baja de su licencia y firma acuse de recibido.
13.- La o el Auxiliar Administrativo entrega licencia original de baja del establecimiento a la usuaria o usuario.
14.- La o el Auxiliar Administrativo captura la información en base de datos y digitaliza la licencia.
15.- La o el Auxiliar Administrativo archiva baja de licencia en su respectivo expediente.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones
Titular de la unidad administrativa responsable:
P.D. Anahí Espinoza Fernández
Cargo del titular:
Jefa del Despacho del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones.
Domicilio:
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1225901 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: licencias@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de Baja de Establecimiento.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Tengo que pagar impuestos por dar de baja mi negocio?
Dependiendo de los registros Fiscales de la Tesorería Municipal.
2. ¿Con esta baja ya no tendré adeudo del establecimiento comercial con el Ayuntamiento?
No, una vez que se concluyó el trámite su crédito fiscal se termina.
3. ¿Me van a cobrar todos los años que dejé de operar sin que mediara aviso?
A través de la inspección se verificará cuando dejó de operar su establecimiento y el oficio de baja detallará esa fecha.
Fundamento legal:
Articulo 25 fraccion V de la Ley de Competividad y Ordenamiento Comercial del Estado de Mexico.
https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Previa emisión de la licencia de baja de establecimiento, la Dirección de Desarrollo Económico a través del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones ejecuta una visita de inspección en el inmueble en donde estaba ubicado el establecimiento para verificar que haya dejado de ejercer actividades comerciales o de servicio, siendo ostensible su inoperancia definitiva.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el establecimiento comercial haya dejado de ejercer la actividad comercial de manera definitiva.
Última actualización:
24/04/2024 12:58 pm



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