Gobierno del Estado de México
 

Mantenimiento a poda de árbol (previa autorización de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental).

Se realiza la poda de árboles en la vía pública sobre banquetas, jardines, plazas de, espacios públicos y áreas verdes de camellones en vialidades principales municipales, mediante la autorización de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, en ramas que interfieran con el paso, que entrecruzan su follaje con el de otros árboles o que obstaculice el desarrollo de uno o del otro, o ambos; que afectan la infraestructura urbana. En predios particulares no se realizan trabajos de poda.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará la poda del árbol a petición del ciudadano cuando estos fueron autorizados por la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, en apego al Dictamen emitido (Poda de formación de copa, reducción de altura, poda higiénica y porcentaje de poda de reducción) y criterios de resolución del trámite.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o el ciudadano (a) deberá acudir a la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión al Palacio Municipal, ubicado en Plaza Dr. Gustavo Baz s/n. planta baja, Col. Tlalnepantla Centro, e ingresa:
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 40 Bis inciso A fracción I. Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

2. Escrito de petición dirigido al C. Presidente Municipal Lic. Marco Antonio Rodríguez Hurtado, solicitando el apoyo para realizar los trabajos de poda, registrando:

a) Nombre;
b) Domicilio físico o electrónico para oír o recibir notificaciones; y
c) Teléfono del solicitante.

A dicho escrito deberá anexar:
SI
1, Simple
Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 40 Bis inciso A fracción I del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

3. Autorización de Poda, derribo y/o trasplante de árbol(es) vigente, emitido por la Dirección de Sustentabilidad Ambiental.
NO
1, Simple
Artículo 385 fracción XXIV del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.

1. La o el ciudadano ingresa oficio de petición a la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes".
2. Personal de la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes", recibe, sella, asigna número de folio al escrito de petición con la clave OP y entrega al ciudadano para su seguimiento.
3. Ciudadano recibe acuse de solicitud en espera de atención.
4. Oficialía de Partes turna la petición a la Dirección de Servicios Públicos, para su programación y atención.
5. El Departamento de Parques y Jardines recibe solicitud y da respuesta al ciudadano, señalando que serán programados de acuerdo a la carga de trabajo y disponibilidad de los recursos del área.
6. El Departamento de Parques y Jardines ejecuta los trabajos de mantenimiento a poda de árbol, elabora bitácora de lo realizado; el Departamento informa de los trabajos concluidos para su desahogo del servicio; y de no proceder se informa del mismo modo mediante oficio.
7. La Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes" revisa en sistema el desahogo y corroborar la respuesta de que el servicio ya fue atendido y se procedió al cierre de la solicitud
8. Los notificadores de la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión "Oficialía de Partes" entrega el Oficio de atención al servicio solicitado en su domicilio.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Servicios Públicos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Servicios Públicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Jorge Cervera Muñoz
Cargo del titular:
Director de Servicios Públicos
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3939 y 3940
Telefono2: ( 55 ) 53664450
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: jorge.cervera@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Copia de oficio de petición, asignándole OP y sello de recibido por la Coordinación de Atención Ciudadana y Control de Gestión así como escrito de respuesta si procede o no la petición (Dirección de Servicios Públicos).
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se pueden solicitar de forma general la poda de árboles de toda la calle o Comunidad?
No, preferentemente se recomienda solicitar que la autorización de poda no exceda más de 5 árboles y en su caso se genere otra solicitud; para agilizar el proceso de atención y seguimiento del Departamento.
2. ¿Si el árbol se encuentra dentro de mi propiedad, procede la petición?
No, este deberá ser realizado por cuenta y riesgo del solicitante.
3. ¿Por qué deberé tramitar la autorización de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental?
De acuerdo a la normatividad la Dirección de Sustentabilidad Ambiental es la Dependencia que autoriza y dictamina el porcentaje de la poda que requiere el árbol.
Fundamento legal:
Artículos 8 y 115 fracción III, inciso g de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 122 y 139 fracción II inciso a, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 8 fracciones I y II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Artículo 125 fracción VII y IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 24, 25 fracciones I, IV, V Y VI, 26, 111 y 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-18-SeMAGEM-RS-2017, Numerales 5, 5.5, 5.6, 5.7, 6, 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 6.6 y numeral 7.
Artículos 328 fracciones I, II, V y X, 329 fracción II; 336 fracciones I, II, III, y V, 337 fracción II; 340 fracción I y 341 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, México.
Artículos 33 fracción XI, 43 fracción X y 74 del Bando Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se realizan los trabajos solicitados si el árbol se encuentra al interior de los predios particulares, en caso de ser así el solicitante realizará por cuenta y riesgo propio los trabajos necesarios, siendo el responsable de los daños que pudieran ocasionarse a terceros durante la realización de dicha actividad.

El Departamento no atiende solicitudes de poda de formación meramente estética (poda tapiaria) con propósitos decorativos.

Por seguridad de los trabajadores no se realiza la poda de árboles que interfiere con líneas aéreas de cableado, conductores eléctricos y transformadores.

No proceden trabajos en áreas comunes que fueron delimitadas o enmalladas por los propios particulares.

El servicio se proporciona cuando se cumplen los documentos solicitados en el apartado de requisitos.

Se dará prioridad a los trabajos de poda de árboles que presenten un tipo de riesgo mayor así como las solicitudes ciudadanas que carezcan de los medios económicos.

Se recomienda que las solicitudes de poda no excedan más de 5 árboles, en su caso se genere otra solicitud con el fin de agilizar el proceso de atención y seguimiento del Departamento.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se realizará la poda del árbol a petición del ciudadano cuando estos fueron autorizados por la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, en apego al Dictamen emitido (Poda de formación de copa, reducción de altura, poda higiénica y porcentaje de poda de reducción) y criterios de resolución del trámite.
Última actualización:
22/02/2024 12:49 pm



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